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Circular 2635-Ter-2024 Transcribimos a ustedes un artículo muy interesante sobre la transición a la nueva justicia laboral. PDF Print E-mail
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Monday, 06 May 2024 11:17
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Circular 2635-Ter-2024

Transcribimos a ustedes un artículo muy interesante sobre la transición a la nueva justicia laboral.

El artículo fue redactado por Blanca Juárez, el 06 de mayo del 2024, publicado en el diario “El Economista”.

Nueva justicia laboral en la práctica, entre avances, rezagos y burocracia

La reforma laboral renovó un sistema de justicia laboral de casi un siglo de vida, creando instancias para equilibrar el poder en las relaciones laborales. Pero las nuevas estructuras enfrentan viejos vicios, lo cual indica que la transformación todavía está en proceso.

“El modelo corporativo no termina de morir de la noche a la mañana”, dice en entrevista el abogado laboralista Arturo Alcalde Justiniani. Reconociendo las limitaciones, pondera, los resultados “han sido muy positivos y cada vez se está avanzando más”.

De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), el 70% de los casos presentados en los centros de conciliación logran alcanzar un acuerdo.

Y entre 2021 y 2022 hubo un aumento del 22.5% en la resolución de conflictos laborales, según las Estadísticas sobre Relaciones Laborales de Jurisdicción Local (Erlajul) 2022. La cifra pasó de 113,239 a 138,774 casos resueltos en ese periodo.

De ese último dato, el 40% se solucionó por convenio. Es decir, fue solucionado en un centro de conciliación antes de pasar a un tribunal laboral.

En 2022 “se registraron 3,151 casos de emplazamientos a huelga, 74.5% menos que en 2021”. De ellos, nueve sindicatos sí tuvieron que recurrir a la huelga para presionar el cumplimiento de sus demandas, “10 menos que el año inmediato anterior”.

No obstante, Manuel Fuentes, también abogado especializado en derecho laboral, describe un “escenario complejo” para los trabajadores y las trabajadoras en los centros de conciliación laboral. Además, señala que los nuevos tribunales laborales enfrentan un creciente retraso en la resolución de casos.

Rezagos en los tribunales

La reforma laboral se concretó en 2019, con la modificación a la Ley Federal del Trabajo (LFT). Pero comenzó en 2017 con los cambios a la máxima legislación del país: la Constitución.

Abarca diversos temas, como la democratización sindical y nuevas obligaciones empresariales. Y en materia de justicia, se establecieron centros de conciliación laboral, donde se busca que ambas partes lleguen a un acuerdo.

Además, se crearon tribunales laborales para aquellos asuntos que no deban ser conciliados —pues se trata de violaciones a los derechos humanos o de violencia— o que no lograron un convenio en la primera instancia.

Las juntas de conciliación y arbitraje, que centralizaban gran parte de las funciones de estas dos nuevas instancias, irán cerrando sus puertas una vez que resuelvan el último caso que les fue presentado.

“La Ciudad de México es uno de los lugares de mayor crisis”, sostiene el abogado Manuel Fuentes. Si los asuntos no se concilian, “los trabajadores deben presentar una demanda ante un tribunal”, donde según su experiencia litigando, los tiempos de espera para que comiencen a analizar el caso oscilan entre siete meses y un año.

“La gran mayoría del personal que actualmente está en los tribunales laborales viene de ramas ajenas a lo laboral, como civil, penal o mercantil”, dice Roberto Alvarado, proyectista en uno de los nueve juzgados laborales en la capital del país.

La curva de aprendizaje afectó la celeridad desde el nacimiento de estos tribunales y se agravó porque no recibieron capacitación, dice en entrevista.

La falta de personal y de presupuesto para la operación de los tribunales son otras razones del rezago, agrega. “Ninguno de los tribunales tiene los (trabajadores) administrativos suficientes, es decir, oficial de partes y archivistas. Muchos tenemos que hacer funciones que no nos corresponden y que nos atrasan”.

Debido a que tardan varios meses para comenzar a analizar un caso, están recibiendo cada vez más amparos indirectos para que agilicen el trabajo. Su jornada laboral es de 8:30 am a 3 de la tarde, pero “nunca salimos antes de las 9 de la noche”. Y debido a que no hay recursos económicos suficientes, el pago de horas extra no está autorizado, sostiene.

Pero los jueces “no piden más presupuesto ni más personal al Consejo de la Judicatura porque ellos están sujetos a una ratificación en el cargo y eso es lo que están cuidando”.

Reforma laboral en proceso

La transformación que plantea la reforma laboral y, en particular, el nuevo sistema de justicia es gigantesca, dice Arturo Alcalde. Por ello, el análisis sobre su implementación debe tomar en cuenta el contexto.

Por ejemplo, que se necesitan grandes cantidades de dinero para contar con instalaciones, capacitación y contratación de nuevo personal, así como para el sostenimiento de los organismos. Y el país tiene recursos limitados, señala.

“Es cierto que hay lugares donde hay que poner mayor énfasis, como es la Ciudad de México, por su tamaño”. Por ello, apunta, hay que exigir a las candidaturas presidenciales que la agenda laboral esté entre sus prioridades.

Pero los desafíos no definen la implementación de la reforma laboral, subraya. “Pensemos y recordemos que cerca del 90% de los contratos colectivos de trabajo eran falsos, para que veamos la dimensión de lo que se vivía y de lo que ahora tenemos”.

Si bien la justicia laboral enfrenta varios retos, “eso es absolutamente natural. Estamos en medio de un proceso democrático y de grandes cambios que requieren la participación de varios sectores”, concluye.

En una ocasión escuché al Ministro en retiro José Ramón Cossío afirmar que uno de los problemas graves de México en la actualidad es que estamos viviendo una época de transición e implementación en el Derecho Penal, el Derecho Civil y el Derecho Laboral, y que lo único que nos puede salvar durante esta transición es una Suprema Corte de Justicia de la Nación Fuerte.

“Unámonos más que nunca en un Gran Acuerdo Por México”