Circular 797-2019 Siguiendo con temas de la Reforma a la Ley Federal del Trabajo del 1º de mayo de 2019, nos permitimos tratar a ustedes sobre la adecuación de estatutos sindicales. Imprimir Correo electrónico
Miércoles 02 de Octubre de 2019 07:20

Circular 797-2019

 

Siguiendo con temas de la Reforma a la Ley Federal del Trabajo del 1º de mayo de 2019, nos permitimos tratar a ustedes sobre la adecuación de estatutos sindicales.

 

ADECUACIÓN DE ESTATUTOS SINDICALES

 

Las adecuaciones a los estatutos deberán considerar:

 

  1. Elección de directivas por voto personal, libre, directo y secreto.

El procedimiento de elección de la directiva será mediante el voto personal, libre, directo y secreto, conforme al artículo 371 Fracciones IX-Bis, IX-Ter y X, de la LFT.

  1. Equidad de Género.

Las directivas sindicales deben salvaguardar la equidad de género, conforme al artículo 358 Fracción II, de la LFT, a través de la representación proporcional.

  1. Rendición de cuentas sobre patrimonio.

Se amplían obligaciones para la rendición de cuentas de la administración del patrimonio sindical, conforme a los artículos 371, fracción XIII y 373 de la LFT.

  1. Aprobación mayoritaria de contratos negociados.

La aprobación del contrato colectivo negociado mediante consulta a los trabajadores miembros del sindicato, conforme en los artículos 371 Fracción XIV Bis y 390 Ter fracción II de la LFT.

 

Plazos de cumplimiento

 

240 días (8 meses)Para procedimientos de elección de directivas y

1 añopara procedimientos de consulta, equidad de género y rendición de cuentas

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