Circular 16. Reforma Laboral respecto al Instituto de Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores. Print E-mail
Wednesday, 19 December 2012 11:04
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Este articulo que ya existía en la ley que se reformo, obligaba al Ejecutivo Federal a reglamentar la forma y términos en que se debía establecer el fondo de fomento y garantía para el consumo de los trabajadores, situación que en parte se cumple pues ahora este articulo ya reformado, establece las bases para el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores.

Artículo 103 Bis. El Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, conforme a la Ley que lo regula, establecerá las bases para:

I. Otorgar crédito a los trabajadores, procurando las mejores condiciones de mercado, y

II. Facilitar el acceso de los trabajadores a los servicios financieros que promuevan su ahorro y la consolidación de su patrimonio.

Comentario. Este nuevo articulo, establece las bases para otorgar crédito a los trabajadores y facilitarles el acceso a servicios financieros.

Con esta reforma, se da cumplimiento a la obligación del Ejecutivo Federal de reglamentar las bases para otorgar crédito a los trabajadores y facilitarles los servicios financieros para promover el ahorro y la consolidación de su patrimonio.

Acciones a seguir:

Deberá de inscribirse a la empresa en este Instituto para que sus trabajadores puedan gozar de sus beneficios.

Sin mas por el momento, nos ponemos a sus órdenes para cualquier aclaración en relación con la presente.

Cesar Roel Abogados

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