Circular 954-BIS-2020 Copiamos a ustedes Comunicado de Prensa Num 008/20 del INEGI por el que se comunica la Actualizacion de la Unidad de Medida (UMA) Print E-mail
Monday, 27 January 2020 13:05
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Circular 954-BIS-2020

Copiamos a ustedes Comunicado de Prensa Num 008/20 del INEGI por el que se comunica la Actualizacion de la Unidad de Medida (UMA)

UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN (UMA)

ENERO DE 2020

• Para 2020, el valor diario de la UMA es de: $86.88 pesos mexicanos, el valor mensual es de $2,641.15 pesos moxicanos y el anual de $31.693.80 pesos mexicanos.

• La variación en comparación con 2019 es de 2.83 por ciento.

El Instituto Nacional de Estadistica y Geografia (INEGI) da a conocer la actualización del valor de la Unidad da Medida y Actualización (UMA) que entra en vigor el 1° de febrero de 2020, en términos del articulo 5° de la Ley para determinar la Unidad de Medida y Actualización.

El valor diario de la Unidad de Medida y Actualización es de $86.88 pesos mexicanos, el valor mensual es de $2,641.15 pesos mexicanos y el valor anual de $31,693.80 pesos mexicanos.

UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN (UMA)

Año

Diario

Mensual

Anual

2020

$86.88

$2,641.15

$31,693.80

 

La UMA es la unidad de cuenta, indice, base, medida o referencia económica en pesos para determinar la cuantia del pago de las obligaciones y supuestos provistos en las leyes federales, de las entidades federativas, asi como en las disposiciones juridicas que emanen de todas las anteriores.

De acuerdo con el articulo Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos en matoria de desindexación del salario mínima, la actualización se debe realizar anualmente.

Para ello se multiplica la UMA inmediata anterior por el resultado de la suma de uno más el crecimiento porcentual interanual de diciembre del año inmediato anterior del INPC, que fue de 2.83% en diciembre de 2019.

El cálculo del valor de la UMA es una tarea que corresponde al INEGI y se fundamenta en el articulo 26, apartado B, penúltimo párrafo de la Constitución Politica de los Estados Unidos Maxicanos; el articulo Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos en materia de desindexación del salario mínimo, asi como el articulo 23 fracción XX Bis del Reglamento Intonor del INEGI.