Circular 991-2020 En la presente y en virtud de lo que se ha discutido y alegado en el Parlamento Abierto realizado en el Congreso mexicano respecto a las “outsoursing”, pensamos que vale la pena tomar ciertas precauciones. Imprimir Correo electrónico
Jueves 20 de Febrero de 2020 09:08

Circular 991-2020

 

 

En la presente y en virtud de lo que se ha discutido y alegado en el Parlamento Abierto realizado en el Congreso mexicano respecto a las “outsoursing”, pensamos que vale la pena tomar ciertas precauciones.

 

  1. Revisar a fondo con que tipo de empresas tenemos celebrado algún contrato de prestacion de servicios.

 

  1. Pedir información a la empresa con la que tenemos algún contrato de prestacion de servicios, sobre el cumplimiento de sus obligaciones laborales, sociales y fiscales, ejemplo: Tiene celebrado Contrato Colectivo de Trabajo y con quien; Paga los sueldos que nos reporta y de que forma, efectivo, especie etc.; Paga las cuotas de seguridad social de acuerdo a los salarios que devengan los trabajadores que tiene contratados y que nos prestan el servicio; Cumple con el pago de las obligaciones fiscales, etc.

 

 

  1. Revisar que tipo de clientela tiene nuestro prestador de servicios.

 

Hay que recordar que existe la “Responsabilidad Solidaria” por lo que seremos responsables de todas las obligaciones relacionadas con el contrato de prestacion de servicios profesionales.