Circular 1047-2020 Con motivo de la contingencia sanitaria, es necesario poner al día la documentación de la Comisión de Higiene y Seguridad, para el efecto, se recomienda: Print E-mail
Friday, 27 March 2020 10:43
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Circular 1047-2020

 

Con motivo de la contingencia sanitaria, es necesario poner al día la documentación de la Comisión de Higiene y Seguridad, para el efecto, se recomienda:

1.- Revisar si esta constituida la Comsión de Seguridad e Higiene, si existe, habra que tener al dia las actas y la documentacion de la misma.

 

2.- De conformidad a lo que establece la NOM-019-STPS-2011, la Comisión de Seguridad e Higiene deberá determinar las medidas a adoptar para prevenir y evitar riesgos de contagio del COVID-19, dichas medidas deberan estar alineadas a las que el Gobierno Federal ha adoptado, a continuación señalamos algunas de ellas en forma enunciativa no limitativa: guardar la sana distancia, lavarse las manos cada 2 o 3 horas, deberá contarse con gel bacterial sufiiciente, de ser necesario se use cubre bocas, no saludar de mano, beso o abrazo.

En caso de incumplimiento podran aplicarse medidas administrativas, aparte de las medidas correctivas que tome la Comision.

3.- De conformidad a lo establecido en la NOM-019-STPS-2011, la Comision deberá llevar verificaciones extraordinarias para que se de cumplimiento a las medidas adoptadas.

 

4.- De conformidad a la NORMA Oficial Mexicana NOM-030-STPS-2009, son obligaciones del patrón:

Designar a un responsable de seguridad y salud en el trabajo, para llevar a cabo las funciones y actividades preventivas en el centro de trabajo.

El patrón podrá asumir las funciones y actividades preventivas de seguridad y salud en el caso de centros de trabajo que cuenten con menos de cien trabajadores.

Proporcionar al responsable de seguridad y salud en el trabajo:

a)  El acceso a las diferentes áreas del centro de trabajo para identificar los factores de peligro y la exposición de los trabajadores a ellos;

b)  La información relacionada con la seguridad y salud en el trabajo de los procesos, puestos de trabajo y actividades desarrolladas por los trabajadores, y

c)  Los medios y facilidades para establecer las medidas de seguridad y salud en el trabajo para la prevención de los accidentes y enfermedades laborales.

Todas las acciones llevadas acabo en el centro de trabajo a efecto de prevenir el contagio del COVID-19 y con ello prevenir enfermedades, se deberan documentar por la Comision, pues en caso de Inspección por parte de la autoridad laboral, se deberan acreditar las acciones llevadas al cabo, así como las acciones fisicas que se hayan adoptado en las instalaciones del centro de trabajo.

 

Para cualquier aclaracion, nos ponemos a sus ordenes.