Circular 29. Reforma Laboral respecto al trabajo que se realiza fuera del domicilio del patrón que consideramos es una de las reformas importantes pues abre esta posibilidad de contratación en virtud de los avances tecnológicos. Imprimir Correo electrónico
Miércoles 02 de Enero de 2013 11:32


Artículo 311. ...

Será considerado como trabajo a domicilio el que se realiza a distancia utilizando tecnologías de la información y la comunicación.

Si el trabajo se ejecuta en condiciones distintas de las señaladas en este artículo se regirá por las disposiciones generales de esta Ley.

Comentario. A este artículo que define lo que debe entenderse por trabajo a domicilio, se le agrega un segundo párrafo en el que también se define como trabajo a domicilio el que se realiza a distancia, utilizando tecnologías de la información y de la comunicación.

Estimamos que esta nueva definición de trabajo a domicilio en la que se incluye el que se realiza a distancia utilizando nuevas tecnologías, abre un espacio importante en las relaciones modernas y solamente habrá que cuidar en establecer las condiciones por escrito y en forma clara.

Acciones a seguir:

Celebrar los contratos de trabajo por escrito, estableciendo claramente las condiciones de trabajo materia del mismo.

Sin mas por el momento, nos ponemos a sus órdenes para cualquier aclaración en relación con la presente.

Cesar Roel Abogados

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