Circular 1246-2020 Transcribimos la última Circular que recibimos de nuestros amigos de Cass-abogados especialistas en Seguridad Social, sobre la Reanudación de plazos y términos IMSS – buzón IMSS. Print E-mail
Friday, 26 June 2020 14:16
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Circular 1246-2020

Transcribimos la última Circular que recibimos de nuestros amigos de Cass-abogados especialistas en Seguridad Social, sobre la Reanudación de plazos y términos IMSS – buzón IMSS.

 

En Conferencia de Prensa del día de ayer en la tarde, la Directora de Incorporación y Recaudación del IMSS, Norma Gabriela López Castañeda informo sobre la reanudación de plazos y términos, en el ámbito de competencia de la Dirección a su cargo.

 

Como antecedente en la materia, la funcionaria hizo mención de la suspensión de actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones o requerimientos, con el fin de evitar actos de molestia a las empresas durante la etapa de emergencia sanitaria derivada de la pandemia de COVID-19, suspensión aprobada por el Consejo Técnico del Instituto, mediante su Acuerdo ACDOAS2.HCT.300320/115.P.DIR y publicada en el Diario Oficial de la Federación, en su edición vespertina del pasado 31 de marzo. (Ver Circular CASS 11/2020 del 1 de abril de 2020).

 

El anuncio efectuado el día de ayer se refiere al inicio de la reanudación de plazos y términos legales, en materia del dictamen por contador público autorizado sobre el cumplimiento de las obligaciones de las empresas ante el IMSS, mandatado en el artículo 16 de la Ley del Seguro Social vigente.

 

Así:

 

1. Se amplía hasta el 20 de julio próximo, el plazo para cumplir con la obligación de presentación de las constancias de acreditación y membresía de contador público autorizado y del aviso de dictamen por el ejercicio 2019; y

 

2. Se amplía hasta el 26 de noviembre próximo, el plazo para la presentación del dictamen mismo, por el ejercicio referido.

 

En la misma conferencia de prensa, la citada funcionaria del IMSS informó sobre la implementación, en el mes de agosto del presente año, del Buzón IMSS; herramienta que tiene como propósito funcionar como un canal eficiente de comunicación entre la empresa y el Instituto, con fines de difusión de información y entrega de documentos.

Se pretende que el referido Buzón IMSS simplifique la carga administrativa para las empresas, al tiempo de que disminuya el contacto presencial entre los empleados del Instituto y de la empresa. Adicionalmente, mediante el buzón, las empresas podrán efectuar consultas al IMSS las 24 horas del día.

 

Los pasos para el proceso de habilitación del Buzón IMSS serán los siguientes:

 

1. Los patrones registrarán ante el Instituto los mecanismos de comunicación (correo electrónico y número de teléfono) como medios de contacto;

 

2. El IMSS enviará al patrón avisos por correo electrónico y mensaje SMS, con el fin de validar los medios de contacto registrados;

 

3. Los patrones deberán confirmar los medios dentro de las 72 horas naturales siguientes; y

 

4. La empresa firmará con su e-firma su manifestación de conformidad, a través de la cual autoriza al IMSS a realizar la transmisión y notificación electrónica de documentos oficiales. Con ello se concluiría el proceso de habilitación del Buzón IMSS.

 

Por cada actuación que se realice a través del Buzón IMSS, se emitirá un acuse de recibo electrónico.

 

Respecto a la operación del Buzón IMSS, se informó sobre los lineamientos siguientes:

 

1. Las notificaciones se harán en días hábiles, en horario de 9:30 a 18.00 hrs.

 

2. El patrón contará con 3 días hábiles para abrir los documentos digitales notificados a través del Buzón.

 

3. En caso de no abrir el documento en el plazo antes señalado, la notificación electrónica se tendrá por realizada al cuarto día hábil

 

4. El patrón podrá consultar e imprimir los documentos notificados hasta por tres meses posteriores a su envió.

 

Es de hacer notar que la autorización de notificación mediante la vía del Buzón IMSS no limita al Instituto para continuar notificando de manera presencial; sin embargo, la pretensión es privilegiar la notificación vía Buzón IMSS sobre la presencial.

 

Por último, es de suponer que las acciones informadas el día de ayer serán aprobadas mediante Acuerdos del Consejo Técnico del IMSS, si no es que ya se aprobaron en la sesión virtual efectuada el pasado 24 de junio; Acuerdos que deberán ser publicados en el Diario Oficial de la Federación en fecha próxima.