Circular 1271-2020 Transcribimos a ustedes los acuerdos dictados por el Pleno de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Valle de Toluca el 10 de julio 2020 respecto a los riesgos sanitarios por la pandemia de Covid-19 y las labores ante dicha auto Print E-mail
Monday, 13 July 2020 09:54
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Circular 1271-2020

Transcribimos a ustedes los acuerdos dictados por el Pleno de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Valle de Toluca el 10 de julio 2020 respecto a los riesgos sanitarios por la pandemia de Covid-19 y las labores ante dicha autoridad, que son muy interesantes.

Toluca de Lerdo, México, a 10 julio de 2020

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 23 fracción II del Reglamento Interior de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Valle de Toluca, se comunica el acuerdo siguiente:

En sesión extraordinaria de 03 de julio de 2020, con fundamento en los artículos 1, 8, 9, 14 fracción III, 20 fracciones I, II, IV, VIII y X del Reglamento Interior de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Valle de Toluca, y conforme a la determinación de las autoridades sanitarias del Estado de México, sobre la disminución del riesgo sanitario de COVID-19, el Pleno de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Valle de Toluca, emitió diversas disposiciones entre las que se encuentran las siguientes: “se dejó sin efecto el primer periodo vacacional que va del 20 al 31 de julio del año 2020 y por ende, se declararon como días hábiles”; “Las audiencias, diligencias, términos y plazos jurisdiccionales y administrativos, así como la apertura de oficialía de partes, se reanudan a partir del trece de julio de dos mil veinte”. Por ello, en atención al “Plan de Regreso Seguro” implementado por el Gobierno del Estado de México, donde se prevé que el aforo de usuarios no podrá exceder del 30% como medida de prevención de riesgos y en pro de la salud y bienestar de los usuarios y servidores públicos, la Presidenta determina que a partir del 13 de julio de 2020:

PRIMERO: La oficialía de partes, continuará funcionando en el horario de 8:00 a 15:00 horas de lunes a viernes; y cuando se trate de escritos de término podrán presentarse hasta las 24:00 horas; salvo en materia de huelgas, en dónde todos los días y horas son hábiles.

SEGUNDO: La consulta de expedientes de los asuntos individuales se deberá realizar por video llamada de whatsapp en el horario de 09:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes, en los siguientes números:

  • Junta Especial Número Uno: 7226866495
  • Junta Especial Número Dos: 7224608743
  • Junta Especial Número Tres: 7228452620
  • Junta Especial Número Cuatro: 7226071187
  • Junta Especial Número Cinco: 7226473806

TERCERO: La consulta de expedientes solo será de forma presencial cuando se trate de asuntos urgentes. Esta medida será aplicada durante los semáforos rojo y naranja.

CUARTO: La consulta de expedientes de los asuntos colectivos y huelgas será en el horario de 09:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes, en los números siguientes: (722) 2760980 al 88 extensión 74752.

QUINTO: Las audiencias que debieron celebrarse durante la suspensión de labores, serán reprogramadas sin necesidad de solicitud de las partes.

SEXTO: La celebración de convenios con y sin juicio, desistimientos, pagos de laudo, y convenios de modificación de condiciones de trabajo, continuarán atendiéndose previa cita telefónica a los números (722) 2760980 al 88 extensión 74743.

SÉPTIMO: Se hace del conocimiento del público en general que el haberse modificado el primer periodo vacacional comprendido del 20 al 31 de julio de 2020, dichos días fueron declarados hábiles, por lo cual, correrán términos procesales; en consecuencias las y los servidores públicos disfrutarán del primer periodo vacacional de manera escalonada.

Sin otro particular por el momento.

LIC. SARA DÁVILA SÁNCHEZ

PRESIDENTA DE LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN

Y ARBITRAJE DEL VALLE DE TOLUCA

(RUBRICA)