Monday, 14 January 2013 12:42 |
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ArtÃculo 129. Las correcciones disciplinarias que pueden imponerse son:
I. ...
II. Multa, que no podrá exceder de 100 veces del salario mÃnimo general vigente en el Distrito Federal en el tiempo en el que se cometa la violación. Tratándose de trabajadores, la multa no podrá exceder del importe de su jornal o salario en un dÃa. Para los efectos de este artÃculo, no se considera trabajadores a los apoderados; y...
  I. ...
Comentario-. Establece las sanciones que puede imponer la Junta para mantener el buen orden en el desarrollo de las audiencias o diligencias, habiéndose modificado la fracción II, al elevarse el monto de la multa hasta 100 veces el monto del salario mÃnimo general vigente del Distrito Federal, en la inteligencia de que si se aplica dicha sanción a un trabajador, su cuantÃa no podrá exceder del monto del salarÃo de un dÃa, sin considerarse trabajadores a los apoderados de los trabajadores.
Acciones a Seguir: Sin trascendencia para el patrón pero si para sus abogados o representantes.
ArtÃculo 731...
I. Multa, que no podrá exceder 100 veces el salario mÃnimo general vigente en el  Distrito Federal en el tiempo en el que se cometió el desacato. Tratándose de los trabajadores, la multa no podrá exceder del importe de su jornal o salario de un dÃa. Para los efectos de este artÃculo, no se considerará a los trabajadores apoderados;
II a III...
Comentario.- Establece a las multas que los Presidentes de las Juntas Especiales y Auxiliares pueden aplicar, se modificó la fracción I, haciéndola congruente con lo establecido en el artÃculo anterior.
Acciones a Seguir: Sin trascendencia para el patrón pero si para sus abogados o representantes.
Sin mas por el momento, nos ponemos a sus órdenes para cualquier aclaración en relación con la presente.
Cesar Roel Abogados
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