Circular 1291-2020 Transcribimos la última Circular que recibimos de nuestros amigos de Cass-abogados especialistas en Seguridad Social, sobre el FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE PENSIONES, primer acuerdo importante entre los sectores por el bien de México Imprimir Correo electrónico
Jueves 23 de Julio de 2020 10:36

Circular 1291-2020

Transcribimos la última Circular que recibimos de nuestros amigos de Cass-abogados especialistas en Seguridad Social, sobre el FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE PENSIONES, primer acuerdo importante entre los sectores por el bien de México, esperamos sigan para evitar perdida de empleos y de fuentes de trabajo.

FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE PENSIONES.

En la Conferencia de Prensa matutina del día de ayer, el Titular del Ejecutivo anunció una propuesta de reforma al Sistema de Ahorro para el Retiro, enmarcado en lo que se denominó “Fortalecimiento del Sistema de Pensiones” de los trabajadores del sector privado del país.

 

El Titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público fue el designado por el Presiente de la República para hacer la presentación de la propuesta, en la cual se apuntó, en forma muy somera, las deficiencias del sistema actual, así como el objetivo y las características principales de lo que se propondrá al Poder Legislativo, en materia de reformas legales, buscando su aprobación para hacer realidad tal fortalecimiento.

 

En palabras del Secretario de Hacienda, el fin último de la propuesta es “…mejorar las condiciones y vida de los trabajadores cuando ellos se retiren…”. Tal mejora se materializaría al recibir los trabajadores una pensión justa y digna, lo que en un lenguaje técnico se expresa como montos de pensión con mejores tasas de reemplazo. 1

 

De acuerdo a las cifras presentadas, con las modificaciones propuestas, estas tasas de reemplaza se elevarían en un promedio del 40 %, siendo mayor el incremento para los trabajadores con salarios más bajos. 2

 

 

 

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1  Se entiende como tasa de reemplazo el porcentaje que representa la pensión con respecto al salario que recibía el trabajador inmediatamente antes de pensionarse.

 

2  Por cierto, es de destacar que, al analizar el comportamiento actual y esperado de las tasas de reemplazo de las pensiones que contempla la Ley del Seguro Social, se incorporó en la exposición la mal llamada Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores; apoyo que no forma parte del esquema de pensiones contributivas que contempla la citada Ley.

 

Para alcanzar tales tasas de reemplazo, la propuesta establece la necesidad de:

 

. Incrementar la aportación total contemplada en el actual esquema de financiamiento del Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, de la Ley del Seguro Social, para pasar del 6.5% actual a un 15%.

 

Analizando el incremento por cada uno de los tres aportantes, la aportación patronal pasaría, en forma paulatina, de un 5.5 % actual a un 13.87 %, en un plazo de 8 años.  La aportación a cargo de los trabajadores se mantendrá sin cambios y, finalmente, la aportación del Estado se modificaría en su composición actual, con el fin de beneficiar a los trabajadores de menores salarios, pero sin incrementar su monto total actual.

 

Adicionalmente, la propuesta anunciada contempla ajustes en la Pensión Garantizada, tanto en los requisitos para acceder a ella como en su monto.

 

Respecto a los requisitos, se anuncia que el número de semanas cotizadas necesarias para tener derecho a tal pensión se reduciría de 1,250 semanas que establece la Ley vigente, a 750 semanas, “…con un crecimiento gradual y posterior para alcanzar 1,000 semanas…”; aspecto éste último no clarificado en la exposición.

 

En cuando al monto mensual de la Pensión Garantizada, éste pasaría de un monto fijo actual, aplicable a todos los pensionados, equivalente a 0.8 salarios mínimos  3 ($3,289.00), a un monto variable, determinado en función de la edad del pensionado, su salario y las semanas que haya cotizado; monto que se estima fluctuaría entre 0.7 y 2.2 salarios mínimos, con un promedio de $4,345.00 mensuales.

 

Supuestamente, con las modificaciones que se proponen, los trabajadores con derecho a la pensión se incrementarán de 56 % a 97 % y la Pensión Garantizada incrementará su cobertura, de 34 % a 82 % de los trabajadores.

 

Adicional a los puntos anteriores, se recordó, por parte de las autoridades hacendarias, el compromiso de las AFORES de reducir las comisiones que cobran a los trabajadores por administrar sus recursos, a niveles o estándares internacionales, en un plazo breve; así como se insistió en la necesidad de reformar el régimen de inversión de tales recursos, buscando incrementar sus rendimientos.

 

En el evento, se destacó que la propuesta es resultado de una labor conjunta de los sectores obrero, patronal y del propio Gobierno Federal, aunque fue notoria, en el transcurso del evento en comento, la presencia más bien pasiva del IMSS, al grado que la Institución no ha emitido, a la hora de elaborar la presente Circular, ningún Boletín al respecto.

 

Consideramos los puntos anteriores como lo más destacable de comentar por el momento, a reserva de ampliar y profundizar en el análisis al conocer el detalle del texto de la Iniciativa que, en su momento, mande el Ejecutivo Federal a las Cámaras Legislativas, para su discusión y eventual aprobación.

 

Por último, es de comentar que lo propuesto no toca la esencia del actual sistema de pensiones, ni mucho menos ayuda a resolver el fracaso de la capitalización individual.  Creemos que el desafío pensionario de nuestro país no se resuelve dentro de los límites de la capitalización individual y sin resolver las fallas estructurales del sistema actual.

 

Nos parece evidente que un Sistema de Pensiones será exitoso si permite alcanzar el objetivo de proporcionar pensiones dignas a los trabajadores, al final de su vida laboral.  Es evidente que el sistema actual no ha sido exitoso ya que, al cabo de más de 23 años de operación se encuentra muy lejos de alcanzar tal objetivo.

 

 

“Unámonos en un Gran Acuerdo Por México”