Circular 1360-2020 Transcribimos la última Circular que recibimos de nuestros amigos de CASS-abogados especialistas en Seguridad Social, sobre las reglas para fase II de la prueba piloto de incorporación al IMSS de los trabajadores del hogar. Print E-mail
Tuesday, 01 September 2020 08:51
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Circular 1360-2020

Transcribimos la última Circular que recibimos de nuestros amigos de CASS-abogados especialistas en Seguridad Social, sobre las reglas para fase II de la prueba piloto de incorporación al IMSS de los trabajadores del hogar.

En su edición del día de hoy, el Diario Oficial de la Federación publica el Acuerdo del Consejo Técnico del IMSS ACDO .AS2.HCT.220720/190.P.DIR, dictado por el citado cuerpo colegiado en sesión del pasado 22 de julio, mediante el cual se aprueban las “Reglas de carácter general de la Prueba Piloto Fase II para la Incorporación de las personas trabajadoras del hogar al Régimen Obligatorio del Seguro Social”.

 

El objeto de las referidas Reglas – según el Anexo Único del Acuerdo - es “ ... establecer facilidades administrativas para contribuir a garantizar a las personas trabajadoras del hogar el derecho a la salud y la seguridad social, mediante la aplicación de la fase II de la Prueba piloto para la incorporación de este segmento de la población al régimen obligatorio del Seguro Social.”

 

Las Reglas para esta nueva Fase II de la Prueba Piloto son, en esencia, similares a las aplicadas en la primera fase de la prueba (Ver Circular CASS 06/2019, del 1 de abril de 2019).

 

En el referido Anexo (Regla 8.2) se establece que será la Dirección de Incorporación y Recaudación del IMSS, la encargada de interpretar las Reglas para efectos administrativos, así como de emitir las disposiciones que resulten necesarias para su correcta aplicación.

 

El Acuerdo surtirá efectos una vez que el IMSS ponga a disposición el aplicativo que posibilite la incorporación de este tipo de trabajadores al régimen obligatorio del Seguro Social, en esta Fase II de la Prueba Piloto.

 

Por último, es de aclarar que, aunque no se precisa en el Acuerdo y Reglas de carácter general que ahora se difunden, el aseguramiento de este tipo de trabajadores continua siendo opcional para los patrones, en razón a lo que disponen los artículos Transitorios Segundo y Tercero del Decreto por el que se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y de la Ley Federal del Trabajo, en materia de las personas trabajadoras del hogar, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de julio de 2019. (Ver Circular CASS 13/2019, del 5 de julio de 2019).

 

Complementariamente, es importante tener en consideración lo dispuesto por el Artículo Cuarto Transitorio del Decreto antes referido, y que, dada su importancia, se transcribe a continuación:

“Cuarto.- Hasta en tanto entren en vigor las disposiciones contenidas en el presente Decreto referentes a la Ley del Seguro Social para comprender el trabajo del hogar en el régimen obligatorio, el patrón garantizará la atención médica y los gastos por concepto de sepelio.” (Énfasis añadido)

 

De acuerdo a tales disposiciones transitorias, no será antes del mes de abril de 2021 cuando finalmente las personas trabajadoras del hogar sean sujetos de aseguramiento obligatorio al Seguro Social y, por tanto, que reciban los beneficios integrales de la seguridad social. Sin embargo, es importante considerar

 

 

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