Circular 1388-2020 JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE. COMUNICADO Imprimir Correo electrónico
Jueves 17 de Septiembre de 2020 10:08

Circular 1388-2020

JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE.

COMUNICADO

 

En uso de las atribuciones que me confieren los artículos 40 y 41, fracciones IL IV y V., del Reglamento Interior de la Secretaria de Trabajo, Previsión Social y Productividad del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, y en atención en lo señalado en el diverso de fecha 31 de agosto de 2020, emitido por el suscrito (visible en el la página oficial de la Secretaria de Trabajo, Previsión Productividad, en el link: http://repositorio.veracruz.gob.mx/trabajo/wp- Social content/uploads/sites/3/2020/09/COMUNICADO-31-AGOSTO-2020-JLCA.pdf) en el cual se establece la suspensión de actividades no esenciales y de los términos procesales legales de los procedimientos ordinarios y especiales de carácter individual y colectivo; en virtud de que la emergencia sanitaria subsiste como un peligro para la salud de los servidores públicos y de los usuarios, litigantes y público en general, la reactivación de labores, no se debe realizar en un contexto de "normalidad", lo que implica la implementación de modalidades que permitan enfrentar la emergencia sanitaria, teniendo en cuenta las medidas de sana distancia y reducción de las movilidades necesarias, en virtud de que continuamos en el Estado de Veracruz en el semáforo Naranja, se insiste en la utilización de tecnologías de la información y de las comunicaciones; y con el objeto de lograr la reapertura de forma ordenada, gradual y cauta de las actividades de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, es necesario establecer diversas acciones y medidas preventivas sanitarias para reducir el riesgo de contagio de la enfermedad que genera el virus SARS-CoV2 (COVID-19). con la finalidad de salvaguardar la salud del personal jurídico, operativo, administrativo y de apoyo que laboran en esta Junta, así como a los usuarios, litigantes y público en general; por lo tanto se determina lo siguiente para la apertura gradual de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje:

 

  1. En virtud de que el Semáforo de riesgo epidémico COVID-19, publicado por la Secretaria de Salud, para las semanas 38 y 39, del 14 al 27 de septiembre de 2020, nos muestra en color naranja, permitiendo la reactivación de actividades y para efectos de garantizar la impartición y vigilancia de la Justicia Laboral se informa al personal jurídico, operativo, administrativo y de apoyo que laboran en esta Junta, así como a los usuarios, litigantes y público en general QUE ESTA JUNTA LOCAL LEVANTA LA SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES QUE FUE ESTABLECIDA COMO MEDIDA DE PREVENCIÓN Y COMBATE DE LA PROPAGACIÓN DEL VIRUS SARS-Cov2 (COVID-19) EN LOS OCHO COMUNICADOS ANTERIORES Y REACTIVA LOS PLAZOS Y TÉRMINOS PROCESALES, PARA LA TRAMITACIÓN EN SOLICITUDES, DEMANDAS, INCIDENTES, RECURSOS Y DEMÁS PROMOCIONES ANTE LA JUNTA LOCAL, ASÍ COMO DE LOS DEPARTAMENTOS QUE LA CONFORMAN (DEPARTAMENTO DE CONCILIADORES, DEPARTAMENTO DE AMPAROS, PERITAJES Y DILIGENCIAS, DEPARTAMENTO DE CONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJO Y FÍSICO DE TODO TIPO DE DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE ASOCIACIONES Y SINDICATOS).
  2. Que a partir del 17 de septiembre de 2020 se reanudan las actividades en esta Junta Local, por lo cual el personal jurídico y administrativo se reincorpora a laborar conforme a y con la utilización de tecnologías de información y de las comunicaciones, con excepción de los servidores públicos que padezcan afecciones médicas subyacentes y se encuentren dentro del grupo vulnerable, quienes deberán reportar su situación a la Unidad Administrativa de la Secretaria de Trabajo, Previsión Social y Productividad, en los casos que las funciones lo permitan, se promoverá el trabajo desde casa. Nueva Normalidad
  3. En las Juntas Especiales de Conciliación y Arbitraje, los Centros Regionales de Conciliación, Departamentos de Conciliadores; de Amparos, Peritajes y Diligencias: de Contratos Colectivos de Trabajo y el Departamento de Registro de Asociaciones y Sindicatos, con la finalidad de continuar mitigando la dispersión y transmisión del virus SARS-CoV2 (COVID-19) será en dos turnos de lunes a viernes de 08:00 a 13:00 horas y de 13.00 a 18:00 horas, por lo que se instruye a los titulares de las Juntas Especiales y Departamentos, organizar a su personal para que se cubran los horarios, sin trastocar los equilibrios entre la vida laboral y personal de los servidores públicos. con pleno respeto a sus derechos laborales.
  4. La celebración de las audiencias, serán señaladas por los titulares de las Juntas Especiales conforme a la agenda respectiva, procurando que haya entre una y otra un lapso mínimo de dos horas, evitando la aglomeración de personas en el inmueble, por lo que solo se presentarán las partes y un representante o apoderado legal por cada una.
  5. Mediante el sistema de citas personalizadas para atender las promociones que se encuentra disponible en la página oficial de la Secretaria de Trabajo, Previsión Social y Productividad, ingresando a la siguiente liga electrónica http://www.veracruz.gob.mx/trabajo/sistema-de-citas-para-presentar-promociones/, se recibirán en las oficialías Especiales de Conciliación y Arbitraje, en los horarios señalados en el punto tres, dicho sistema agendará citas personalizadas en intervalos de 20 minutos entre cada una y limitado a la presentación de cinco promociones por persona, quien deberá ser la misma que acuda a la cita programada: para lo cual deberá presentarse con identificación oficial a efecto de que se le permita el acceso al recinto que albergue la Junta Especial respectiva y le sean recibidas sus promociones. partes de las Juntas

Lo anterior con excepción de las promociones que sean de término, las cuales se recibirán conforme lo permita la agenda en el día de su vencimiento.

  1. Mediante el sistema de citas personalizadas para atender las notificaciones de los expedientes radicados, a partir del 21 de septiembre de 2020 se podrán practicar diariamente en el inmueble que ocupa cada una de las Juntas Especiales o Departamentos que integran la Junta. exclusivamente previa cita que se agende ingresando a la siguiente liga electrónica http://www.veracruz.gob.mx/trabajo/notificacion-juntas/ dicho sistema agendará citas en un horario de 12.00 a 15.00 horas y de 16:00 a 18:00 horas, en intervalos de 20 minutos para notificar hasta tres resoluciones laborales, previa consulta en el portal oficial ingresando a la siguiente liga electrónica http://www.veracruz.gob.mx/trabajo/listado-de-expedientes-a- notificar-2/ de que se encuentre en condiciones de ser notificado, el cual se actualizará cada viernes al término de la jornada laboral, lo anterior se realiza para estar en condiciones de reanudar las actividades de manera controlada y gradual, evitando al máximo la exposición al contagio con el virus SARS-CoV2 (COVID-19) y cuidando en todo momento la salud de usuarios y personal de esta Junta.
  2. Mediante el sistema de citas para la consulta de expedientes a partir del 21 de septiembre de 2020, exclusivamente previa cita que se agende ingresando a la siguiente liga electrónica http://www.veracruz.gob.mx/trabajo/consulta-fisica-juntas/ dicho sistema agendará citas en un horario de lunes a viernes de 9,00 a 18:00 horas en intervalos de 20 minutos y con una consulta máxima de 2 expedientes por cita, a efecto de evitar al máximo la concentración de personas y mantener una sana distancia en las áreas que dan la atención correspondiente. Lo anterior con excepción de los expedientes que contengan algún término, los cuales, en caso de no conseguir cita en tiempo, vía telefónica podrán agendar para la consulta respectiva.
  3. Las conciliaciones virtuales implementadas en los comunicados anteriores, se seguirán llevando a cabo empleando el uso de medios electrónicos que permitan la emisión y recepción de video y sonido en tiempo real, permitiendo la interacción entre las partes. En este sentido, se reitera al público en general, que, en la página oficial de la Secretaria de Trabajo, Previsión Social y Productividad, se encuentran disponibles los "LINEAMIENTOS PARA LAS CONCILIACIONES EN LA JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, DE MANERA VIRTUAL, DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA", ingresando a la siguiente liga electrónica http:/I/www.veracruz.gob.mx/trabajo/conciliaciones-virtuales/
  4. De conformidad con el articulo 4 de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de Llave, que establece que toda persona tiene derecho a la vida, a la seguridad humana y a gozar de los derechos humanos y garantías para su protección consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia. Asimismo, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, ha sido constante en reiterar que, para cumplir con este derecho, los Estados procurarán que todos los establecimientos, bienes y servicios de salud deban adaptarse en función de circunstancias como las que la presente epidemia plantea con apego al principio pro persona a fin de que prevalezca el debido y oportuno cuidado a la población por sobre cualquier otro interés de naturaleza público o privado; con la finalidad de instrumentar medidas adecuadas y acordes con las necesidades propias de la Junta Local y teniendo como parámetro de referencia las disposiciones y recomendaciones de los Gobiernos Federal y Estatal, se establecen las siguientes medidas sanitarias que deberán observar las personas servidoras públicas adscritas a esta autoridad para prevenir el riesgo de contagio y observando las acciones establecidas con las adicionales que en su momento emita el Consejo Estatal de Salud del Estado de Veracruz:

Las acciones y medidas que se contienen en el presente, podrán adecuarse a las condiciones particulares de cada uno de los centros de trabajo, acorde a las características del inmueble donde se ubiquen, espacio físico disponible, tipo de mobiliario, cargas de trabajo, etc. por lo cual, cada uno de los Presidentes de las Juntas Especiales, será quien designe a una persona responsable de la implementación, seguimiento y supervisión de las medidas para la Nueva Normalidad en el marco del COVID-19.

 

CONTROL DE ENTRADA Y SALIDA.

 

La persona responsable de la implementación, seguimiento y supervisión de las medidas para la Nueva Normalidad deberá de cerciorarse de que se cumpla con lo siguiente:

 

Si el inmueble lo permite, se deberán habilitar entradas y salidas para todas las personas trabajadoras, usuarios y visitantes; en caso de que se cuente con un solo acceso, éste se dividirá con barreas físicas a fin de contar con espacios específicos para la entrada y salida.

En caso de ser posible, en los accesos a las instalaciones se deberá contar con tapetes desinfectantes o jergas saturadas con concentración de hipoclorito de sodio de al menos 0.5%, asegurando que los mismos se encuentren limpios y con liquido desinfectante.

Al ingreso y egreso, se deberá respetar de manera ordenada la sana distancia la cual estará delimitada por señalamientos de 1.5 metros, en el suelo del inmueble esto a fin de evitar el contacto directo entre trabajadores y visitantes.

Al ingreso y egreso del inmueble, se deberá contar con medidas en materia de higiene, sana distancia y uso obligado de cubrebocas que debe seguirse al ingreso, permanencia y salida del lugar.

La persona responsable deberá medir la temperatura corporal de todo el personal que ingrese al inmueble; se recomienda el regreso a su domicilio y pronta atención médica a quienes presenten temperatura corporal mayor a 375°C, o que hayan presentado tos, dolor de garganta, escurrimiento nasal o dificultad para respirar. Aplicar gel desinfectante con base de alcohol al 70%, a todas las personas que ingresen al inmueble.

 

MEDIDAS DE HIGIENE

Todas las personas trabajadoras y usuarias de la Junta, deberán cumplir de manera obligatoria desde su ingreso hasta su salida del inmueble, con las siguientes medidas de higiene:

  • Usar obligatoriamente cubrebocas durante toda su permanencia en la Junta.
  • Respetar las medidas de sana distancia mínimas de al menos 1.5 metros con las personas.
  • Evitar saludar de mano, beso o abrazo.
  • Evitar tocarte la cara con las manos sucias, sobre todo nariz, boca y ojos. Observar una adecuada higiene respiratoria, cubriendo la boca y nariz con el codo flexionado o con un pañuelo al toser o estornudar.
  • Evitar el uso de joyería, corbatas, barba y bigote, toda vez que son reservorios de virus y demás microorganismos.
  • Evitar compartir celular, artículos de oficina, equipo de protección personal, etc.
  • Depositar los cubrebocas o pañuelos desechables en depósitos de basura al efecto dispuestos.
  • Lavarse frecuentemente las manos con agua y jabón y/o usar gel desinfectante con base de alcohol al 70%.
  • Contar con protocolos de limpieza y desinfección diaria de áreas, superficies, objetos de contacto y de uso común, que incluyen lavar con agua, jabón y desinfectar con una solución de hipoclorito de sodio al 0.5% (equivalente a 5000 ppm).

 

MEDIDAS DE PREVENCIÓN PARA LAS Y LOS TRABAJADORES

Además de cumplir con las medias de higiene implementadas, con la finalidad de prevenir contagios, los trabajadores de las Juntas Especiales de Conciliación y Arbitraje del Estado y los Departamentos que la integran, deberán cumplir con lo siguiente:

 

  • Es importante señalar que debido a la emergencia sanitaria en la que nos encontramos, se mantiene suspendido el registro de control de asistencia de los trabajadores en el sistema correspondiente, de modo que la asistencia al trabajo se monitoreará por los mecanismos definidos por la Unidad Administrativa.
  • Abstenerse de realizar reuniones de convivencia en las instalaciones de las Juntas.
  • Queda prohibida la visita de familiares o acompañantes durante la jornada laboral.
  • Abstenerse de salir del inmueble dentro de los horarios de trabajo, salvo que se realicen actividades inherentes al cargo.
  • Evitar en la medida de lo posible el uso de las salas de juntas, aulas o auditorios: dar prioridad a realizar las reuniones de manera virtual.
  • Se recomienda a la persona trabajadora que priorice las opciones de movilidad (traslado de casa al trabajo y viceversa) que faciliten mantener la distancia interpersonal, promoviendo el uso obligado de cubrebocas durante el trayecto.

 

Aunado a lo anterior, en todas las áreas de trabajo, en caso de ser posible, se deberán cumplir con las siguientes medidas:

 

  • Contar con dispensadores de gel desinfectante a bese de alcohol al 70%.
  • Favorecer la ventilación natural de todas las áreas de trabajo.
  • Respetar la distancia mínima entre cada puesto de trabajo de 15 metros.
  • Limpiar y desinfectar las superficies, objetos comunes que más se tocan, como lo son los escritorios, mesas, sillas, equipo de cómputo, apagadores, puertas, ventanas, entre otros.
  • Adecuar los espacios donde sea posible, delimitando las áreas de trabajo por barreras físicas, protegiendo el frente y laterales, o en su caso, utilizar equipo de protección personal.
  • En los sanitarios, contar con lavabos en condiciones adecuadas de operación, funcionales y que cuenten con agua, jabón y toallas de papel desechables.

El presente comunicado deberá colocarse en lugar visible de cada Junta Especial de Conciliación y Arbitraje, así como de los Departamentos que la integran, para su debido conocimiento y cumplimiento de todas las personas trabajadoras, usuarios y visitantes.

 

La modificación, ampliación o conclusión de estas medidas, se decretará atendiendo a la determinación de las autoridades competentes.

 

“Unámonos en un Gran Acuerdo Por México”