Circular 1413-2020 Transcribimos un articulo escrito por nuestro amigo Lic. Manuel Fuentes el día 30 de septiembre 2020 en La Silla Rota, sobre la Reforma de pensiones. Print E-mail
Thursday, 01 October 2020 12:53
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Circular 1413-2020

Transcribimos un articulo escrito por nuestro amigo Lic. Manuel Fuentes el día 30 de septiembre 2020 en La Silla Rota,  sobre la Reforma de pensiones.

La reforma de pensiones, grave retroceso laboral

El gobierno actual no puede ser cómplice de este retroceso en contra de los trabajadores. | Manuel Fuentes

Es muy probable que el 25 de septiembre, cuando le presentaron al presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, la iniciativa de reforma al sistema de pensiones sólo para firmarla, no le explicaron el retroceso que representaría su aprobación.

Convertir, con esta magra iniciativa, el pago pensionario en Unidades de Medida y Actualización(UMA) en lugar de Salarios Mínimos Generales (SMG) como lo plasma la Ley del Seguro Social es una afectación sin precedente.

No se trata de la ignorancia simple de los redactores de la iniciativa respecto a la Seguridad Social y sus basamentos, sino de las intenciones interesadas para afectar la imagen del presidente de la República; para que él sea quien quede en la historia como detractor de los intereses de los trabajadores y no quienes trabajan en los gabinetes del anonimato.

La extraña iniciativa reforma, entre otros, los artículos 165 y 168 de la Ley del Seguro Social y trata al salario como si fuera un objeto de cambio inservible, mandándolo al cesto de basura para sustituirlo por ese concepto extraño usado para pagar multas e infracciones llamado UMA.

En la iniciativa presidencial se llega a la insensatez de señalar que:

"Se destaca que todos los cálculos que toman como base a la Unidad de Medida y Actualización se apegan a lo dispuesto en el artículo 123 (¡!), Apartado A, fracción VI, segundo párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos...".

Pero no sólo homologan al salario con la UMA sino que la consideran como parte integrante de este, lo cual es una perversión jurídica al señalar que:

"...se toma como referencia del menor valor posible al salario mínimo, y a partir de esto se determinan los rangos sucesivos".

Actualmente en 2020 la UMA tiene un valor de $86.88 diarios mientras que Salario Mínimo General equivale a $123.22 diarios, medida que de aprobarse representaría una afectación diaria de $36.34. La iniciativa de marras señala que la sustitución de la UMA por el SMG sería a partir de 2023.

No obstante, a pesar de que el pago en UMA ha sido reprobado por el Poder Judicial de la Federación mediante una tesis en contradicción I.18o.A.J/8 (10a.) del 20 de septiembre de 2019 en los hechos los pagos pensionarios se vienen pagando con ese concepto.

La jurisprudencia citada señala que:

"...la pensión de retiro de los trabajadores es una prestación de seguridad social derivada de la relación de trabajo y sustentada propiamente en el salario...".

La tesis en cuestión señala que para generar la pensión y pagarla:

"...se atiende al fondo constituido durante la vida activa laboral, mediante aportaciones del salario percibido, topadas a la cantidad máxima de diez veces el salario mínimo...".

Deja claro que:

"...esa prestación es laboral; consecuentemente, lo relativo a su monto, actualización, pago o límite máximo debe aplicarse el salario, por no tratarse de cuestiones ajenas a su naturaleza...".

Por ello señala de manera enfática que la utilización de la Unidad de Medida y Actualización (UMA):

"...desnaturalizaría la pensión y se utilizaría un factor económico ajeno a la prestación de seguridad social referida, distinta al salario y ajeno a la pensión, lo cual jurídicamente no es permisible".

Se observa que los verdaderos redactores de la reforma fueron del sector patronal para aceptar un paulatino aumento a partir de 2023 bajo un concepto que sería un grave precedente no sólo para la seguridad social sino para los derechos laborales.

Ya un sector patronal considera que el pago de las indemnizaciones y de la prima de antigüedad debe pagarse en UMA, en muchas ocasiones ya se aplican de esta manera en perjuicio de los trabajadores.

Aunque la iniciativa tiene otras aristas que deben revisarse con profundidad no se puede dejar de lado la intención del sector patronal de degradar de manera lastimosa el pago de las pensiones de los trabajadores. En esto, el gobierno actual no puede ser cómplice de este retroceso en contra de los trabajadores.

El Congreso de la Unión que ahora tiene en sus manos esta iniciativa debe revisar su contenido y evitar que una buena intención, que en realidad tiene mínimos, pero mínimos alcances, se convierta en un despropósito en perjuicio a los derechos humanos, violentando los principios de progresividad y pro persona para los trabajadores en tiempo de retiro.

Son tiempos para enmendar caminos, ¿o es que vamos en retroceso de los derechos laborales? ¡No lo permitamos!

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