Circular 1557-2020 Transcribimos la última Circular que recibimos de nuestros amigos de CASS-abogados especialistas en Seguridad Social, sobre las recientes iniciativas del ejecutivo, en materia de pensiones, teletrabajo y subcontratación de personal (Ou Print E-mail
Monday, 14 December 2020 13:14
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Circular 1557-2020

Transcribimos la última Circular que recibimos de nuestros amigos de CASS-abogados especialistas en Seguridad Social, sobre las recientes iniciativas del ejecutivo, en materia de pensiones, teletrabajo y subcontratación de personal (Outsourcing).

En la semana anterior, se concretaron importantes avances en tres temas que, en materia de seguridad social, ha estado abordando la presente Administración en fechas recientes, tendientes a mejorar la protección de la clase trabajadora de nuestro país.

Así́, en su sesión del pasado 9 de diciembre, el Senado de la República aprobó́:

A. Reformas a la Ley del Seguro Social y a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, en materia de pensiones, cuyas disposiciones fundamentales se refieren a:

  1. Reducción del número de semanas de cotización requeridas para tener derecho a las pensiones de Cesantía en Edad Avanzada y de Vejez, de 1,250 que establece el texto vigente a 750 semanas, aplicable a la entrada en vigor del Decreto. Tal número se incrementará gradualmente hasta alcanzar las mil semanas de cotización, en el año de 2031;
  2. Incremento – a partir de 2023 – de la aportación total del Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, para pasar del actual 6.5 % más cuota social, al 15 % incluyendo cuota social. Tal incremento se alcanzará aumentando gradualmente (entre 2023 y 2030) la aportación patronal de manera diferenciada según el salario de los trabajadores y modificando la composición de la aportación del Gobierno Federal, beneficiando a los trabajadores de menores ingreso;
  3. Aumento gradual del monto de la pensión garantizada que se otorga a los trabajadores; y
  4. Sujeción de las comisiones que cobran las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORES) a un monto máximo, mismo que será́ el promedio aritmético de las comisiones aplicables en Colombia, Chile y Estados Unidos de América.

(Ver Circulares CASS 31/2020 y 38/2020, del 22 de julio y 27 de septiembre de este año, respectivamente).

B. Reformas a la Ley Federal del Trabajo para establecer nuevas disposiciones legales en materia de trabajo a distancia, incluyendo la adición de un nuevo capítulo XII Bis, referido al teletrabajo, definido en el nuevo artículo 330-A, como “... una forma de organización laboral subordinada que consiste en el desempeño de actividades remuneradas, en lugares distintos al establecimiento o establecimientos del patrón, por lo que no se requiere la presencia física de la persona trabajadora ...”.

El mismo numeral define a la persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo como aquella “...quien preste sus servicios personal, remunerado y subordinado en lugar distinto a las instalaciones de la empresa o fuente de trabajo del patrón y utilice las tecnologías de la información y la comunicación.”

En lo específicamente relativo a la seguridad social, el nuevo artículo 330-E - en su fracción VII - establece que:

“Artículo 330-E.- En la modalidad de teletrabajo, los patrones tendrán las obligaciones especiales siguientes:
...

VII. Inscribir a las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo al régimen obligatorio de la seguridad social;...”

Complementariamente, el nuevo artículo 330-J establece que las condiciones especiales de seguridad y salud en el trabajo, correspondientes a este tipo de trabajo, serán establecidas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en una Norma Oficial Mexicana (NOM), misma que deberá́ considerar los factores ergonómicos, psicosociales y otros riesgos que pudieran tener efectos adversos para los trabajadores que desempeñen esta modalidad de trabajo. Para la publicación de esta NOM, el Ejecutivo Federal dispondrá́ de un plazo de 18 meses, a partir de la publicación de la reforma en el Diario Oficial de la Federación.

Ambas Iniciativas, con proyecto de Decreto - aprobados por el Poder Legislativo - ya han sido turnadas al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales, por lo que se espera que en el transcurso de la presente semana se publiquen en el Diario Oficial de la Federación; publicación de la cual informaremos con toda oportunidad.

Por último, el mismo 9 de diciembre pasado, el Ejecutivo Federal firmó un acuerdo con organizaciones obreras y patronales, para reforzar las acciones de diálogo y consulta en materia de subcontratación (outsourcing) y reparto de utilidades, a propósito de la Iniciativa que sobre el primer tema enviara el Ejecutivo Federal al Poder Legislativo el 12 de noviembre pasado. (Ver Circular CASS 40/2020, del 13 de noviembre de 2020).

En resumen, lo pactado en el referido convenio reitera el compromiso de los tres sectores en resolver el problema del abuso actual en la subcontratación de personal con fines de evasión a las disposiciones laborales y de seguridad social.

Como muestra de tal compromiso, el sector patronal iniciará de inmediato un proceso de regularización de las plantillas de personal de las empresas, en el marco de la Iniciativa de reforma del Ejecutivo.

Se incluye, además, el compromiso de los sectores “... para definir un sistema de reparto de utilidades justo, equitativo y que evite la discrecionalidad en su pago.”, según el comunicado oficial de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

A fin de desarrollar lo anterior, se solicitará al Poder Legislativo posponer al mes de febrero de 2021, la discusión parlamentaria de la Iniciativa, la cual se calificará como preferente, a fin de que en un plazo máximo de 30 días, se discuta y, en su caso, apruebe.

Consideremos que resulta afortunado que se haya prorrogado, aunque sea por unos meses, la discusión y/o aprobación. Ello permitirá́, aunque a marchas forzadas, comenzar con las restructuras corporativas necesarias para cumplir con los preceptos legales, materia de esta reforma.

“Unámonos en un Gran Acuerdo Por México”