Circular 1567-2020 Transcribimos el Boletín 117/2020 de la Secretaria del Trabajo y Previsión Social respecto al acuerdo sobre los incrementos a los salarios mínimos. Print E-mail
Thursday, 17 December 2020 12:20
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Circular 1567-2020

Transcribimos el Boletín 117/2020 de la Secretaria del Trabajo y Previsión Social respecto al acuerdo sobre los incrementos a los salarios mínimos.

Acuerda CONASAMI incremento del Salario Mínimo del 15% para 2021

BOLETÍN Numero 117 /2020

 

Ciudad de México, a 16 de diciembre de 2020

  • El salario mínimo pasa de $123.22 a $141.70; mientras que en la Zona Libre de la Frontera Norte pasa de $185.56 a $213.39.
  • Se integran dos profesiones a la lista de salarios mínimos profesionales: trabajadoras del hogar, con un incremento de 25%; y jornaleros agrícolas, que reciben un incremento de 30% respecto al salario mínimo vigente.

La Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Conasami) aprobó por mayoría un incremento salarial para el próximo año del 15% general, y del 15% para la Zona Libre de la Frontera Norte.

De esta manera, por votación mayoritaria de los integrantes de la Comisión, se determinó que para el 2021 el salario mínimo suba de $123.22 a $141.70; mientras que en la Zona Libre de la Frontera Norte pasa de $185.56 a $213.39.

Con este aumento, México remonta ocho posiciones a nivel internacional en cuanto al salario mínimo, colocándose en el lugar 76 de 135 países. La aspiración en la presente administración es alcanzar una posición entre los primeros 60 países con mayores percepciones salariales.

Asimismo, se integran dos profesiones a la lista de salarios mínimos profesionales. Trabajadoras del hogar, que tienen un incremento de 25% respecto al salario mínimo vigente, llegando a los 154.03 pesos; y jornaleros agrícolas, que reciben un incremento de 30% respecto al salario mínimo vigente, alcanzando el monto de 160.19 pesos.

Este aumento se suma a los que se otorgaron en 2019, del 16% y de 2020, del 20% que han permitido continuar con la recuperación del poder adquisitivo de los trabajadores, reducido la desigualdad de ingresos con relación a las mujeres y el fortalecimiento del mercado interno, sin afectar la inflación y el empleo.

 

Como se puede observar del Boletín transcrito, esta autoridad tampoco hace referencia alguna al Monto Independiente de Recuperación (MIR) y señala que el incremento fue de 15% y no del 6% + el MIR, lo que puede llevar a pensar que el incremento a los salarios contractuales debe negociarse sobre la base del 15% y no del 6%.

¡Será olvido o mala fe!

 

“Unámonos en un Gran Acuerdo Por México”