Circular 1613-2020 Transcribimos la ultima Circular que recibimos de nuestros amigos de Cass-Abogados especialistas en Seguridad Social de fecha 11 de enero de 2021 sobre las reformas a la legislación laboral sobre el Teletrabajo en relación con la Segur Imprimir Correo electrónico
Martes 12 de Enero de 2021 12:52

Circular 1613-2020

Transcribimos la ultima Circular que recibimos de nuestros amigos de Cass-Abogados especialistas en Seguridad Social de fecha 11 de enero de 2021 sobre las reformas a la legislación laboral sobre el Teletrabajo en relación con la Seguridad Social.

Circular 2/2021 11 de enero de 2021.

REFORMAS A LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO EN MATERIA DE TELETRABAJO, EN SU RELACIÓN CON LA SEGURIDAD SOCIAL.

En su edición del día de hoy, el Diario Oficial de la Federación publicó Decreto del Ejecutivo Federal por el que se reforma la Ley Federal del Trabajo, en materia de Teletrabajo; Decreto cuya aprobación por el Poder Legislativo informamos en nuestra Circular CASS 41/2020, del pasado 14 de diciembre de 2020.

En efecto, las reformas publicadas el día de hoy incluyen reformas a la Ley laboral, específicamente en su artículo 311, para incluir una nueva definición del trabajo a domicilio, así como un nuevo Capítulo XII Bis, del Titulo Sexto, referido al Teletrabajo, conformado con once artículos, del 330-A al 330-K.

Si bien se trata de un tema propio del Derecho Laboral, mismo que habrán de explicar los especialistas en la materia, ponemos a su disposición los comentarios de CASS Abogados, por lo que hace al impacto en nuestra única área de especialidad.

Lo concerniente a la seguridad social en esta nueva reforma a la legislación laboral, está incluido en la fracción VII del nuevo artículo 330-E, la cual establece como obligación del patrón a:

“III. Asumir los costos derivados del trabajo a través de la electricidad;

Sobre lo anterior, es importante comentar que el artículo 27 de la Ley del Seguro Social vigente, dispone:

 

“Artículo 27. El salario base de cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo.”

Ahora entonces, esto quiere decir que se podrá incrementar el salario base de cotización para efecto del pago de cuotas al seguro social.

VII. Inscribir a las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo al régimen obligatorio de la seguridad social; ...”

Por otra parte, no se hace referencia a las enfermedades y/o accidentes de trabajo que puedan sufrir los trabajadores contratados bajo esta nueva modalidad.

Adicionalmente, las reformas incluyen también diversas disposiciones referidas a la seguridad y salud en el trabajo de los trabajadores que laboran en esta modalidad de trabajo.

Así, la fracción IV del referido numeral 330-E precisa que el patrón tiene la obligación de:

“IV. Llevar un registro de los insumos entregados a las personas trabajadoras bajo la modalidad de teletrabajo, en cumplimiento a las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo establecidas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social;”

Adicionalmente, el artículo 330-F, en su fracción III, establece la obligación para los trabajadores de la referida modalidad de teletrabajo de “... obedecer y conducirse con apego a las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo establecidas por el patrón.”

Por último, el artículo 330-J y el Segundo Transitorio, precisan que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social deberá establecer las condiciones especiales de seguridad y salud en el trabajo en una Norma Oficial Mexicana, la cual deberá ser publicada en un plazo de 18 meses, a partir de la publicación de Decreto en cuestión, mismo que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación; esto es, a partir del día de mañana, 12 de enero de 2021.

Como mencionamos en nuestras anteriores Circulares, ponemos a su disposición el protocolo de Teletrabajo y los documentos relacionados.

 

“Unámonos en un Gran Acuerdo Por México”