Circular 1674-2021 Con fundamento en el artículo 42 fracción de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, se comunica el siguiente acuerdo; Print E-mail
Monday, 15 February 2021 11:57
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Circular 1674-2021

Con fundamento en el artículo 42 fracción de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, se comunica el siguiente acuerdo;

ACUERDO DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE MÉXICO, EN SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL DOCE DE FEBRERO DE 2021, MEDIANTE EL CUAL SE EMITE LA DECLARATORIA REANUDACIÓN DE TÉRMINOS, PLAZOS PROCESALES E INICIO DE ACTIVIDADES PRESENCIALES.

CONSIDERANDO

I. El Consejo de la Judicatura del Estado de México, tiene a su cargo la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial, en términos de los artículos 106 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, 52 y 63 fracciones III, XVI y XXIII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, con facultades para adoptar las medidas necesarias para un eficiente manejo administrativo, así como para expedir los acuerdos generales en materia administrativa y los necesarios, para llevar a cabo sus atribuciones 1. I.

II. Mediante acuerdo de 26 de junio de 2020, el Consejo de la Judicatura determino que cuando la autoridad sanitaria anunciara que el Semáforo de Control Epidemiológico se encuentre en nivel 'naranja", se emitiría la declaratoria para fijar la fecha de reanudación de términos, plazos procesales e inicio de actividades presenciales de los órganos jurisdiccionales y unidades administrativas del Poder Judicial del Estado de México.

III. En el mismo sentido, mediante acuerdo de 20 de enero del año en curso, se determinó prorrogar la suspensión de labores presenciales hasta en tanto el Semáforo de Control Epidemiológico se encuentre en "Máximo de alerta sanitaria", (rojo). En dicho acuerdo se reiteró que cuando la autoridad sanitaria anunciara que el Semáforo de Control Epidemiológico se encuentre en nivel "naranja", se emitiría la declaratoria para fijar la fecha de reanudación de términos, plazos procesales e inicio de actividades presenciales de los órganos jurisdiccionales y unidades administrativas del Poder Judicial.

IV. La autoridad sanitaria del Estado de México anunció que el Semáforo de Control Epidemiológico estará en nivel "naranja" toda la entidad, a partir del lunes 15 de febrero de 2021.

En mérito de lo expuesto, con fundamento en los artículos 109 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México: 42, fracción I, 52 y 63, fracciones XVI y XXIII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, se emite el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO. A partir del miércoles 17 de febrero de 2021, se reanudan términos, plazos procesales e inicio de actividades presenciales en los órganos jurisdiccionales y unidades administrativas del Poder Judicial del Estado de México, conforme a los Acuerdos del Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de México, emitidos el 26 de junio del 2020 y el 20 de enero 2021, dados a conocer mediante las circulares 38/2020 y 04/2021, respectivamente

SEGUNDO. Se reitera que el aforo presencial por sala, tribunal de alzada, Juzgado o unidades administrativas, será hasta el 50% de los servidores judiciales adscritos, conforme lo determine el titular con base en la circular 38/2020; en el entendido que el personal que no acuda de manera presencial tendrá que desarrollar sus actividades laborales a distancia.

TERCERO. Todos los servidores judiciales y público en general, deberán observar estrictamente el Protocolo Sanitario Preventivo para el Regreso Seguro a las Instalaciones del Poder Judicial, contenido en la circular 38/2020, complementado mediante circular 04/2021.

CUARTO. EI Comité para la Prevención de Riesgos Sanitarios de la institución, en el ámbito de sus atribuciones, debida observancia del referido Protocola.

QUINTO. Se instruye a los titulares de los órganos jurisdiccionales y unidades administrativas, para que, en el ámbito de Sus atribuciones, tomen las medidas necesarias para el debido cumplimiento de este acuerdo.

SEXTO. Las situaciones no previstas en el presente acuerdo, serán resueltas por el Consejo de la Judicatura del Estado de México.

SÉPTIMO. Por tratarse de un acuerdo de interés general, se determina su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno del Estado, el Boletín Judicial y en la página de internet del Poder Judicial del Estado de México. ARTÍCULO TRANSITORIO

ÚNICO. El presente acuerdo entrará en vigor a partir de su aprobación.

Así por unanimidad de votos lo acordó el 
Pleno del Consejo de la Justicia del Estado de México y firma al calce el Presidente y la Secretaria General de Acuerdos, que da fe.

“Unámonos más que nunca en un Gran Acuerdo Por México”