Circular 88. Estimados Amigos. Nuestro amigo Alejandro Martí García Presidente de México SOS, fundación en la que nuestro socio Carlos Roel es cofundador, escribió un articulo que pensamos vale la pena leer y que transcribimos a continuación Imprimir Correo electrónico
Sábado 24 de Agosto de 2013 12:21

Estimados Amigos:

Nuestro amigo Alejandro Martí García Presidente de México SOS, fundación en la que nuestro socio Carlos Roel es cofundador, escribió un articulo que pensamos vale la pena leer y que transcribimos a continuación:

El poder judicial bajo la lupa

Fuente: Animal Político

Sobre la sentencia “absolutoria” de Rafael Caro Quintero llama la atención que un mes antes de su liberación haya promovido un amparo en contra de cualquier orden de detención provisional con fines de extradición a los Estados Unidos. Pareciera que sus abogados tenían información relevante sobre el sentido de la sentencia que unas semanas después emitiría un tribunal colegiado

En los últimos años, el Poder Judicial de la Federación ha emitido varias sentencias polémicas que si bien buscan justificarse en formalismos legales, errores procesales o actuaciones ministeriales deficientes, ponen en evidencia la fragilidad de nuestro sistema judicial y la facilidad con la que los delincuentes pueden salir de la cárcel, a pesar de que existan elementos probatorios para mantenerlos ahí.

La resolución más controvertida es, sin duda, la liberación de la secuestradora francesa Florence Cassez, ordenada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en enero de este año. Otro caso revelador que tengo muy presente fue la liberación de Ariel Maldonado Leza, ex funcionario de la PGR y jefe de la banda que secuestró a Carlos Antonio Pilgram, hijo de un empresario oaxaqueño, la cual fue ordenada por el magistrado Jesús Guadalupe Luna Altamirano bajo razonamientos poco contundentes.

En estos casos, como en otros similares, he mantenido públicamente una postura crítica hacia la actuación de nuestros jueces, en especial hacia las inconsistencias en su argumentación. El pasado 9 de agosto nos amanecimos con la noticia de que el Primer Tribunal Colegiado de Guadalajara había ordenado la liberación de Rafael Caro Quintero. Las particularidades de este caso las desconozco, aunque la argumentación utilizada por este órgano judicial está sustentada en que los delitos cometidos por Caro Quintero debieron haber sido procesados por las instancias judiciales estatales y no por las federales, lo cual vuelve a evidenciar la debilidad estructural de nuestro sistema penal y abre la puerta para que otros delincuentes también sean liberados por razonamientos similares.

Sobre esta sentencia “absolutoria” llama la atención que un mes antes de su liberación, Caro Quintero haya promovido un amparo en contra de cualquier orden de detención provisional con fines de extradición a los Estados Unidos. Pareciera que sus abogados tenían información relevante sobre el sentido de la sentencia que unas semanas después emitiría un tribunal colegiado.

También en el 2012, la Suprema Corte tuvo la oportunidad de atraer este caso y pronunciarse sobre sus puntos más delicados, definir la competencia de los tribunales federales para procesar a Caro Quintero por el homicidio del agente de DEA (agencia antidrogas de los Estados Unidos) Enrique Camarena, además de establecer si los criterios de protección especial que el Estado mexicano debe brindar al cuerpo diplomático de otros países también son aplicables a los agentes de la DEA.

En este contexto y frente a la inconformidad social que genera la liberación de Caro Quintero, considero que el Consejo de la Judicatura Federal debe tomar cartas en el asunto e iniciar una investigación sobre la actuación de los magistrados que lo liberaron, esto con el fin de dejar en claro la solidez o debilidad de su argumentación, además de deslindar cualquier responsabilidad o actuación indebida por parte de ellos.

Tanto la Procuraduría General de la República (PGR) como el gobierno de Estados Unidos criticaron esta liberación y buscaron reaccionar institucionalmente para mantener a Caro Quintero en la cárcel. No obstante, aunque la Suprema Corte llegara a revertir la sentencia del tribunal colegiado o las instancias judiciales autorizaran su extradición, pasarán varios meses para que esto suceda; situación que hará más difícil su recaptura porque seguramente habrá hecho todo lo posible para no ser localizado.

Hoy tenemos mejores jueces y magistrados que en la década de los ochenta. Se han logrado avances importantes en la construcción de órganos jurisdiccionales independientes y profesionales, acordes con un modelo de impartición de justicia fundado en los principios democráticos y en la tutela de los derechos humanos. Sin embargo, con sentencias como las mencionadas anteriormente se pone en entredicho la actuación del poder judicial y demuestra la incompetencia de nuestro sistema penal para que, al menos, los pocos delincuentes que son capturados cumplan con  su condena.

Estas resoluciones nos dejan un gran aprendizaje a la ciudadanía y a las instituciones de procuración e impartición de justicia: debemos revisar con lupa y dar seguimiento a los juicios que se llevan a cabo contra los líderes del crimen organizado y los delincuentes que más daño le hacen a la sociedad.

También tenemos que pugnar porque el Poder Judicial, por más independiente y soberano que sea, anteponga el bienestar, seguridad y justicia de la mayoría de los mexicanos, es decir privilegiar los verdaderos anhelos de justicia contra los resquicios “legaloides” que propician la impunidad y la injusticia.

Los poderes públicos del Estado se crearon precisamente para proteger a la ciudadanía y no para mantener un status quo donde los delincuentes de alto impacto tienen todos los incentivos para operar su red criminal, ya que el porcentaje de impunidad en nuestro país es muy alto y, en el supuesto de ser capturados, saben que tiene amplias probabilidades de salir de la cárcel.

Nos ponemos a sus ordenes para cualquier aclaración en relación con la presente.

 

Atentamente

César Roel Abogados