Circular 1763-2021 Transcribimos a ustedes un artículo escrito por Blanca Juárez, el 14 de abril 2021 en el diario “El Economista” sobre el tema laboral del momento “Outsourcing”. Imprimir Correo electrónico
Miércoles 14 de Abril de 2021 09:47

Circular 1763-2021

Transcribimos a ustedes un artículo escrito por Blanca Juárez, el 14 de abril 2021 en el diario “El Economista” sobre el tema laboral del momento “Outsourcing”.

Reforma al outsourcing: Lo prohíben en el gobierno y habrá cárcel por simulación

 

El proyecto limita este esquema laboral, pero también el pago de utilidades. Permite la tercerización de obras o servicios especializados, acota a las agencias de colocación, fortalece las inspecciones y endurece sanciones.

Luego de un largo y tropezado proceso político y legislativo que inició antes de 2019, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó este martes prohibir la subcontratación de personal en las empresas, y de última hora también en el gobierno, así como limitar la tercerización sólo a servicios y obras especializadas. Con 348 votos a favor, 77 en contra y 31 abstenciones, también avalaron castigar la prestación y contratación de servicios ilegales con penas de entre tres a seis años de prisión.

“Se señala de manera clara y precisa que sólo podría existir subcontratación de obras o servicios especializados”, explicó el diputado Manuel Baldenebro (PES), presidente de la Comisión del Trabajo y Previsión Social. “Así como los servicios complementarios”, abundó en tribuna. Estará permitida “siempre y cuando no forme parte del objeto social de la empresa”.

Estas modificaciones eliminarán las prácticas que dañan los derechos laborales, agregó la presidenta de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, Patricia Terrazas (PAN), quien, sin embargo, votó en contra. La reforma erradica las prácticas de “simulación en perjuicio de las personas trabajadoras y del erario público”, agregó.

En los próximos días le tocará al Senado continuar con este trámite legislativo para modificar la Ley Federal del Trabajo. También, las leyes del Seguro Social, del Infonavit, del IVA y del ISR. Así como el Código Fiscal de la Federación, en cuyo artículo 108 se integra el inciso i, en el que la simulación del outsourcing y la subcontratación laboral se tipifican como delito de defraudación fiscal, el cual se castiga con cárcel.

En la discusión de la reforma laboral de 2019 la subcontratación quedó pendiente al no haber acuerdos entre empresas y el gobierno federal, principalmente.

Tras casi dos años de negociaciones rotas, mesas de diálogo dentro y fuera del Congreso, parlamentos abiertos y un dictamen aprobado y congelado en el Senado, en un día las comisiones unidas del Trabajo y de Hacienda en San Lázaro modificaron el proyecto dictamen de la iniciativa del gobierno federal, lo avalaron, lo enviaron al pleno y éste lo aprobó tras una larga discusión.

Subcontratación en el gobierno

La iniciativa presidencial, modificada con varias de las demandas del sector empresarial, prohíbe el modelo de las agencias de colocación y la forma de tercerización que desde 2012 se ha permitido en México. El nuevo artículo 12 de la Ley Federal del Trabajo indica que será ilegal “la subcontratación de personal”. Es decir, “cuando una persona física o moral proporciona o pone a disposición trabajadores propios en beneficio de otra”.

Las agencias de empleo podrán participar en el proceso de reclutamiento de personal. Así como en el entrenamiento y capacitación, entre otros, según ese mismo artículo. Sin embargo, “éstas no se considerarán patrones, ya que este carácter lo tiene quien se beneficia de los servicios”, detalla el dictamen.

Por su parte, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) tendrá más dientes en las inspecciones a las empresas y la posibilidad de intercambiar información directamente con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) ante el posible incumplimiento de las nuevas obligaciones.

Por la mañana, las comisiones unidas comenzaron a dictaminar la iniciativa. Pero tras una hora de sesión, y con varias diputadas y diputados en lista para pronunciarse, el diputado Baldenebro y la diputada Terrazas decretaron un receso.

Al volver, el proyecto de dictamen traía una nueva modificación: prohibir la subcontratación en las instituciones del Estado. Los gobiernos federal y locales se han convertido en los principales solicitantes de personal tercerizado. Por lo tanto, fue modificada la Ley Reglamentaria del Apartado B, del Artículo 123 constitucional. El artículo 2º dirá: “Se prohíbe la subcontratación de personal en beneficio de las instituciones”.

La legisladora Patricia Terrazas criticó que a esta reforma no se le asigna presupuesto. Tanto los gobiernos como las empresas tendrán que contratar directamente a este personal e inscribirlo al IMSS o al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

Las conquistas de las empresas

El sector empresarial logró topar el monto del pago de utilidades. Pagarán un máximo de tres meses del salario o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años, el monto que sea mayor. Este elemento no se contemplaba en la versión original de la reforma, pero fue uno de los puntos clave para que las organizaciones patronales apoyaran la nueva regulación de la subcontratación.

También consiguieron extender a tres meses después de publicada la reforma el plazo para integrar a su nómina al personal hasta ahora subcontratado. Tendrán hasta el ejercicio fiscal de 2022 para atender algunas de sus obligaciones ante el IMSS derivadas de la migración de estas trabajadoras y estos trabajadores.

Otro cambio a la iniciativa del presidente Andrés Manuel López Obrador es sobre la autorización para que las empresas subcontratistas operen. Un requisito será inscribirse a un padrón público. Pero si en 20 días la STPS, administradora del registro, no les hace ninguna observación, se dará por entendido que cuentan con el permiso. En la versión original, se daba por sentado que éste había sido rechazo.

El nuevo artículo 15 de la LFT garantiza que las personas trabajadoras tengan una figura patronal responsable de cumplir sus obligaciones laborales. Si la empresa de subcontratación a la cual pertenecen fallara en ello, la compañía que contrató los servicios será la “responsable solidaria”.

Esta reforma, dijo el diputado Porfirio Muñoz Ledo (Morena), “revela que ya no hay diálogo obrero-patronal”. Si bien el acuerdo para su aprobación fue firmado por sindicatos, las negociaciones se dieron entre organizaciones patronales y el Ejecutivo federal.

El legislador opinó que fomentará que más consorcios creen sus propias compañías de subcontratación. Esto, porque permite que los grupos empresariales subcontraten de sus propias empresas los servicios complementarios. Sin embargo, dijo “es un paso que quiere dar el gobierno a favor de los trabajadores. Pero advierto: tiene una cantidad de agujeros” que están a la vista.

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