Circular 1779-2021 Algunos apuntes sobre la reforma legal respecto a la Subcontratación: Print E-mail
Sunday, 25 April 2021 08:12
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Circular 1779-2021

Algunos apuntes sobre la reforma legal respecto a la Subcontratación:

Fue publicada en el diario Oficial de la Federación el 23 de abril 2021 por lo que entró en vigor al día siguiente de su publicación o sea el 24 abril 2021 pero solo por lo que hace a las disposiciones nuevas, reformadas o derogadas en las siguientes leyes: Ley Federal del Trabajo; Ley del Seguro Social y Ley del Instituto del  Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

Entrarán en vigor el 1 de agosto del 2021, las disposiciones reformadas en el Código Fiscal de la Federación, al Impuesto sobre la Renta y del Impuesto al Valor Agregado.

 

Hasta 2022 iniciaran su vigencia, las que se refieren al sector Publico.

 

Lo importante de esta reforma es la prohibición expresa de la Subcontratación entendida esta cuando una persona física o moral proporciona o pone a disposición de otra, trabajadores propios (articulo 12).

 

Establece esta reforma que solamente podrá utilizarse esta figura de contratación, cuando se trate de servicios especializados siempre y cuando, dichos servicios no formen parte del objeto social ni de la actividad preponderante de la empresa o persona beneficiaria.

 

Obliga a las empresas subcontratistas a registrarse en un padrón ante la Secretaria Federal del Trabajo y Previsión Social y a cumplir requisitos especiales de información y verificación.

 

Será indispensable estudiar y analizar cada caso concreto para establecer la estrategia respectiva respecto a este tipo de contratación laboral.

 

 

 

 

 

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