Friday, 07 May 2021 10:03 |
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Transcribimos a ustedes un artículo escrito por Gerardo Hernández, el 06 de mayo 2021 en el diario “El Economista” sobre las reglas para el nuevo registro de las empresas de subcontratación.STPS define las reglas para el nuevo registro de las empresas de outsourcing
La dependencia determinó los lineamientos del padrón de empresas de servicios especializados que le exige la reforma de subcontratación, en ellos se especifican los requisitos para el registro y los causales para su cancelación. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) ya tiene listos los lineamientos para la operación del registro de empresas de subcontratación, un requisito previsto en la reciente reforma a la Ley Federal del Trabajo con el que deben cumplir las compañías que se dediquen al outsourcing de servicios y obras especializadas. El registro de empresas consistirá en una plataforma informática donde se inscribirán los negocios que deseen participar en este mercado, al igual que las compañías que presten servicios u obras complementarias o compartidas dentro de un mismo grupo empresarial. Las autoridades tienen como fecha límite el 24 de mayo para echar a andar el sistema. El padrón será de consulta pública en un portal de internet que habilitará la STPS, de acuerdo con el anteproyecto que fue enviado a revisión a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) este jueves. “Resulta indispensable contar con un acervo vigente, estadístico y de control, que permita identificar, registrar y regular a las personas físicas o morales que presten los mencionados servicios especializados a través de un Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas”, detalla Luisa María Alcalde Luján, secretaria del Trabajo y Previsión Social, en el documento. El registro será para cada actividad que ofrezca una empresa de subcontratación y a cada especialización se le asignará un número de folio específico. Para solicitar el registro, las empresas deberán presentar la siguiente información en la plataforma:
10. Registro patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social 11. Datos del representante legal de la empresa de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas primer apellido, segundo apellido y nombre(s), Teléfono fijo y celular, Identificación Oficial vigente (Credencial para votar, Pasaporte o Cédula Profesional), CURP y correo electrónico (para personas físicas y morales) 12. Afiliación ante el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores 13. Número total de trabajadores al momento de la solicitud del registro 14. Actividad Económica especializada conforme al “Catálogo de actividades para la clasificación de las empresas en el seguro de riegos de trabajo” del Instituto Mexicano del Seguro Social contenido en el Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización 15. Actividad o actividades que desean registrarse en el padrón 16. Actividad económica preponderante. Además, por cada actividad que se quiera registrar la empresa se deberá acreditar el nivel de la especialización. “Para acreditar el carácter especializado se aportará información y documentación, conforme a los requerimientos de la plataforma, respecto a: capacitación, certificaciones, permisos o licencias que regulan la actividad, equipamiento, tecnología, activos, capital social, maquinaria, nivel de riesgo, rango salarial promedio, experiencia, entre otros. Los servicios u obras especializados que deseen registrarse deberán estar contemplados dentro de su objeto social”, se establece en las reglas de la STPS. ¿Cuándo se niega o se cancela un registro?La reforma a la LFT faculta a la Secretaría del Trabajo para negar el registro a empresas de subcontratación. De acuerdo con el documento en manos de la Conamer, la dependencia podrá hacerlo en los siguientes casos de incumplimiento:
Mientras tanto, la STPS podrá cancelar el registro de las empresas en alguno de estos supuestos:
Una vez que las empresas hayan cargado la información en la plataforma, recibirán un número de folio para dar seguimiento al trámite. La STPS contará con un plazo de 20 días hábiles posteriores a la recepción de la solicitud para pronunciarse respecto al registro. En cualquier momento, la dependencia podrá solicitar información o documentación adicional a la empresa o a cualquier entidad gubernamental para corroborar y validar la información y documentación proporcionada. Aparte de revisar documentos y estrategia, lo que habrá que cuidar es la forma para acreditar el carácter de especializado.
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