Circular 1902-2021 Transcribimos el Acuerdo publicado el 26 de julio de 2021 en el Diario Oficial de la Federación por la Secretaria de Salud, respecto a la situación de las personas que ya recibieron la vacuna completa contra el SARS-CoV-2 quienes ya no Print E-mail
Wednesday, 28 July 2021 09:07
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Circular 1902-2021

Transcribimos el Acuerdo publicado el 26 de julio de 2021 en el Diario Oficial de la Federación por la Secretaria de Salud, respecto a la situación de las personas que ya recibieron la vacuna completa contra el SARS-CoV-2 quienes ya no son consideradas vulnerables para contraer dicha enfermedad grave de atención prioritaria.

ACUERDO

ARTICULO PRIMERO. - El presente Acuerdo tiene por objeto dará a conocer el medio de difusión de la nueva metodología del semáforo por regiones para evaluar el riesgo epidemiológico que representa la enfermedad grave de atención prioritaria COVID-19.

ARICULO SEGUNDO. - Las personas a quienes se haya administrado un esquema de vacunación contra el virus SARS-CoV-2 y habiendo transcurrido dos semanas posteriores a la aplicación de la ultima dosis, no serán consideradas dentro de la población en situación de vulnerabilidad para contraer dicha enfermedad grave de atención prioritaria.

ARTICULO TERCERO. - La Secretaria de Salud dará a conocer la nueva metodología a que se refiere el articulo PRIMERO del presente Acuerdo, en el sitio web coronavirus.gob.mx/semáforo.

TRANSITORIOS

PRIMERO. - El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- Se abroga el Anexo "Semáforo por Regiones" del Acuerdo por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, así como se establecen acciones extraordinarias, publicado el 14 de mayo de 2020 en el Diario Oficial de la Federación.

TERCERO.- La nueva metodología a que se refiere el artículo PRIMERO del presente Acuerdo, deberá estar disponible a más tardar al día hábil siguiente a la entrada en vigor del presente instrumento.

 

Dado en la Ciudad de México, a los 26 días del mes de julio de 2021.- El Secretario de Salud, Jorge Carlos Alcocer Varela.- Rúbrica.

 

“Unámonos más que nunca en un Gran Acuerdo Por México”