Circular 150. Estimados Amigos. En la presente, damos a conocer la modificación que sufrió el articulo 123 constitucional en relación a la edad mínima para trabajar. Print E-mail
Wednesday, 18 June 2014 07:31
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Se modifica el articulo 123 constitucional, se incrementa la edad mínima para trabajar de 14 a 15 años de edad.

El día 17 Junio del 2014 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, la modificación a la Fracción III del artículo 123 Constitucional, mediante  la que se incrementa la  edad mínima para trabajar en México, se establece la edad de quince años en lugar de catorce que se señalaba desde la Ley de 1931. Esta disposición,  entrará en vigor el día 18 de junio.

La misma Organización Internacional del Trabajo, se ha pronunciado en diversos foros sobre el trabajo infantil, exponiendo que éste priva a los niños de su dignidad y es perjudicial para su desarrollo físico y psicológico.

Conforme a datos del Instituto Nacional de Estadística Geografía e Informática (INEGI) en México existen 3 millones 136 mil niños que trabajan; el trabajo infantil es además un fenómeno recurrente en nuestro país, realizado en el seno familiar como un apoyo para el sustento que crece continuamente, siendo utilizado como una alternativa ante el desempleo y el deterioro del salario donde, según datos de el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) el trabajo de niños y adolecentes incrementa hasta en un 20% el poder adquisitivo de las familias.

La modificación a esta fracción del artículo 123 Constitucional supone una reforma a diversos dispositivos de la Ley Federal del Trabajo, en particular al artículo 5 Fracción I y al título quinto bis (artículos 173 a 180) entre otros.

Sin mas por el momento, nos ponemos a sus órdenes para cualquier aclaración en relación con la presente.

 

Cesar Roel Abogados

 

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