César Roel Abogados
Circular 2565-Bis-2024 Transcribimos a ustedes la última circular que recibimos de nuestros amigos de CASS-abogados especialistas en Seguridad Social, que es muy interesante. PDF Print E-mail
Circulares
Tuesday, 16 January 2024 18:02
There are no translations available.

Circular 2565-Bis-2024

Transcribimos a ustedes la última circular que recibimos de nuestros amigos de CASS-abogados especialistas en Seguridad Social, que es muy interesante.

SIMPLIFICACIÓN Y DESREGULACIÓN DE DIVERSOS TRÁMITES ANTE EL IMSS

El día de ayer, el IMSS publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo del Consejo Técnico No. ACDO.AS2.HCT.121223/340.P.DIR, dictado en su sesión ordinaria del pasado 12 de diciembre de 2023, por el cual se autoriza la simplificación y desregulación de diversos trámites ante el IMSS, normados por su Dirección de Incorporación y Recaudación.

En el mismo Acuerdo se aprobaron también los datos y documentos específicos que se deben proporcionar o adjuntar, como parte de esos trámites, los cuales se describen en un Anexo Único del referido Acuerdo.

Entre los muchos y variados trámites y tiempos de resolución incluidos, están los siguientes:

1. Alta Patronal e inscripción en el Seguro de Riesgos de Trabajo o reanudación de actividades, (persona física o moral del campo y persona moral sindicato);

2. Aviso de modificación al registro patronal (cambio de nombre o razón social; de domicilio; sustitución patronal; fusión; escisión; cambio de representante legal; clausura; suspensión o término de actividades, entre otros);

3. Solicitud de inscripción en la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio – Plazo máximo de resolución: 5 días hábiles;

4. Solicitud de asignación o localización de número de seguridad social - De resolución inmediata;

5. Aviso de movimientos afiliatorios de trabajadores (inscripción, modificación de salario y baja);

6. Aviso de estado de huelga (inicio y término) y solicitud de baja por pensión, para trabajadores de empresas en huelga;

7. Solicitud de corrección de datos del asegurado;

8. Incorporación al Seguro de Salud para la Familia - Plazo máximo de resolución: 1 día hábil.

9. Incorporación Voluntaria al Régimen Obligatorio del Seguro Social, de Patrón Persona Física con trabajadores asegurados a su servicio y Trabajadores no asalariados del ámbito urbano y rural - Los tres trámites con un plazo máximo de resolución de 1 día hábil;

10. Solicitud de aclaración de movimientos afiliatorios – 5 días hábiles;

11. Asignación y cancelación de NPIE (Número Patronal de Identificación Electrónica) y de Certificado Digital;

12. Inscripción de Personas Trabajadoras del Hogar;

13. Solicitud de Constancia de Semanas Cotizadas, sea en el IMSS y, en su caso, en el IMSS e ISSSTE;

14. Presentación de escrito patronal de desacuerdo en materia de Clasificación de Empresas o respecto de la Prima de Riesgos de Trabajo; y

15. Presentación de la determinación anual de la prima en el seguro de riesgos de trabajo.

En el referido Anexo se publican también los nuevos formatos ahora aprobados, siendo los siguientes:

(1) Aviso de modificación de las empresas para el Seguro de Riesgos de Trabajo (Formato AMSRT), el cual sustituye y deja sin efectos al aprobado en noviembre de 2015; y

(2) los formatos CLEM-22 Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo derivada de la Revisión Anual de la Siniestralidad y CLEM-22A Relación de Casos de Riesgos de Trabajo Terminados, dejando sin efecto los aprobados en octubre de 2006.

Adicionalmente, el mencionado cuerpo colegiado del IMSS aprobó en este mismo Acuerdo, que los trámites antes referidos puedan gestionarse de manera digital, siempre que el Instituto ponga a disposición de los interesados las herramientas tecnológicas necesarias para realizarlos de tal modo, cumpliendo tales interesados con los medios de identificación y autenticación que el propio IMSS señale.

Asimismo, el Consejo Técnico autorizó a la Dirección General del IMSS para que, a través de su Dirección de Incorporación y Recaudación, pueda modificar en el futuro los términos aprobados en este Acuerdo, siempre que dichas modificaciones conciernan a la simplificación o fusión de los formatos correspondientes; el establecimiento de plazos de respuesta menores; exenciones a la presentación de datos y documentos especificados cuando el Instituto pueda obtenerlos por otra vía; o cualquier otra modificación que represente una carga administrativa menor para los particulares.

El presente Acuerdo entrará en vigor a partir del día de hoy.

“Unámonos más que nunca en un Gran Acuerdo Por México”