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Circular 2610-2024 Transcribimos a ustedes un artículo muy interesante sobre las condiciones laborales de los médicos de farmacias. PDF Print E-mail
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Tuesday, 19 March 2024 10:12
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Circular 2610-2024

Transcribimos a ustedes un artículo muy interesante sobre las condiciones laborales de los médicos de farmacias.

El artículo fue escrito por Felipe Morales Fredes, el 09 marzo del 2024, publicado en el diario “El Economista”.

Médicos de farmacias: Entre consultas económicas, filas de pacientes y precariedad laboral

Se han convertido en parte clave de la vida cotidiana en el país y en una vía accesible a los servicios de salud: los médicos que atienden en las farmacias. Sin embargo, pese a su relevancia, en su gran mayoría se encuentran en una situación de precariedad laboral y sin un salario fijo.

Según cálculos del Senado de la República, son casi 40,000 los profesionales de salud que laboran en la red conformada por 19,000 consultorios adyacentes a las farmacias (CAF) en el país, pero en muchos casos viven de las bajas cuotas que se cobran por las consultas y de propinas de los pacientes; además, una gran parte de ellos debe poner de su bolsillo el costo de los materiales que utilizan.

Los CAM surgieron en México a finales de la década de los 90. El primero de ellos fue abierto en 1997 en un establecimiento de la cadena de Farmacias Similares. Una década después, en 2008, ya existían cerca de 3,000 consultorios médicos de este tipo. En la actualidad, esta cifra es cercana a 19,000 establecimientos y en conjunto realizan 10 millones de consultas al mes.

De acuerdo con un estudio realizado por el Instituto Nacional de Salud Pública (INSP), y citado por la Comisión de Salud de la Cámara Alta, la red de CAF en el país atiende a 46.6% de la población inscrita a algún sistema público de seguridad social y a 85.5% de quienes no están afiliados a estos esquemas.

Ante este contexto, al interior del Senado se impulsa una reforma a la Ley General de Salud (LGS) que reconoce a los CAF dentro de la legislación y obliga a las farmacias a responder por los derechos laborales de los médicos que prestan sus servicios en ellas. El dictamen ya fue aprobado en comisiones y está a la espera de ser agendado en el pleno cameral para su discusión.

Con esta reforma, las farmacias estarían obligadas a apegarse a las nuevas reglas de subcontratación de la Ley Federal del Trabajo (LFT), establecidas en 2021 para regular la prestación de servicios de terceros, por lo que estarían obligadas al final del día a contratar al personal médico que atiende en los CAF y respetar sus derechos laborales.

“Es necesario regular el modo de contratación de las y los médicos debido a que si bien, la principal actividad de las farmacias es la venta de medicamentos y fármacos, los consultorios forman parte del servicio de venta al requerir de una receta médica expedida por un profesional de la salud. Bajo dicha premisa, el personal médico debiera ser contratado conforme a lo establecido en Ley Federal del Trabajo”, explicó la senadora Margarita Valdez (Morena), autora del proyecto de reforma y presidenta de la Comisión de Salud de la Cámara Alta.

A decir de la legisladora Patricia Mercado (MC), secretaria de la Comisión de Trabajo del Senado, así como se ha puesto interés en avanzar en reformas para ampliar los días de vacaciones y el aguinaldo, o reducir la jornada, también es necesario hacer los ajustes para reconocer los derechos laborales de los médicos que atienden en las farmacias.

Cambios que contempla la reforma a la LGS

El dictamen que será sometido a votación en el pleno del Senado de la República contempla la adición de un artículo 38 Bis y una reforma al artículo 420 de la Ley General de Salud y considera los siguientes cambios:

  1. Reconocimiento legal. Inscribe dentro del marco legal que los CAM son los establecimientos “donde se brindan consultas medidas ambulatorias a bajo costo vinculadas a una farmacia.
  2. Materiales básicos. Obliga a las farmacias a proveer los materiales e insumos básicos para que el personal médico pueda atender a los pacientes
  3. Compra de medicamentos. Define que no se podrá condicionar la atención médica la compra de medicamentos o insumos en las farmacias que cuenten con consultorios.
  4. Derechos laborales. Establece que el personal médico contratado en los CAM deberá regirse por lo establecido en la Ley Federal del Trabajo, en especial por lo referente al modelo de subcontratación de servicios.
  5. Sanciones económicas. Especifica que las farmacias que no cumplan con estas nuevas obligaciones podrán ser acreedoras de multas que van desde 108,000 a 651,000 pesos.
  6. Reglamento especial. Le da 180 días de plazo a la Secretaría de Salud para reglas adicionales para la operación de los consultorios en las farmacias.

La senadora Margarita Valdez detalló que con estos cambios no sólo habrá mayores reglas para la operación de los CAF sino que también se mitiga “el riesgo laboral en que se encuentran las y los médicos que ejercen en los consultorios adyacentes a farmacias, haciendo visibles las condiciones en las que laboran y, en muchos casos, siendo ellos quienes deben proveer los insumos mínimos necesarios para realizar su actividad”.

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