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Circular 2614-Bis-2024 Transcribimos a ustedes la última circular que recibimos de nuestros amigos de CASS-abogados especialistas en Seguridad Social, que es muy interesante. PDF Print E-mail
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Tuesday, 26 March 2024 10:03
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Circular 2614-Bis-2024

Transcribimos a ustedes la última circular que recibimos de nuestros amigos de CASS-abogados especialistas en Seguridad Social, que es muy interesante.

NUEVOS LINEAMIENTOS EN MATERIA DE CONDONACIÓN DE MULTAS EN EL IMSS

En su edición del día 22 de marzo, el Diario Oficial de la Federación publicó el Acuerdo No. ACDO.AS2.HCT.270224/35.P.DIR., dictado por el Consejo Técnico del IMSS en su sesión ordinaria del pasado 27 de febrero, mediante el cual se aprobaron los Lineamientos Generales para la Condonación de Multas en el IMSS, por incumplimiento a las obligaciones patronales que establece la Ley del Seguro Social.

La emisión de tales lineamientos tiene su fundamento en los que dispone el artículo 194 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF), el cual precisa que “ … La condonación de las multas que hayan quedado firmes, y siempre que un acto administrativo conexo no sea materia de impugnación, se realizará en la forma y términos que señale el Consejo Técnico del Instituto.”

Por su parte, los lineamientos en sí tienen por objeto - según precisa el mismo documento aprobado - “ … regular los supuestos para la procedencia de la condonación de las multas previstas en los artículos 304 y 304 A de la Ley del Seguro Social, a efecto de dar certeza jurídica a los patrones y demás sujetos obligados e incentivar el cumplimiento oportuno de las obligaciones a cargo de estos”,

Estos nuevos lineamientos dejan sin efecto diversas disposiciones que, en la materia, aprobó y publicó el IMSS, en mayo de 2003, marzo de 2009 y julio de 2013, mediante sendos Acuerdos de su Consejo Técnico.

Asimismo, implican la adecuación de diversos procedimientos y trámites institucionales; en especial, los relativos al Buzón IMSS, para la tramitación de la solicitud de condonación de multas; al Sistema de Pago Referenciado (SIPARE), para la validación automática de la aplicación de los porcentajes de condonación y la reducción del importe del 20% prevista en el artículo 189 del RACERF.

Por lo que respecta a lo previsto en los referidos lineamientos ahora aprobados, destaca:

1. Precisiones sobre el cumplimiento espontáneo de las diversas obligaciones patronales establecidas en la propia Ley del Seguro Social y sus Reglamentos (Artículo 304 C de la LSS);

2. Precisiones sobre la posibilidad de dejar sin efecto las multas impuestas por infracción a las disposiciones legales de la Ley y sus Reglamentos (Artículo 304 D de la LSS);

3. Criterios, supuestos y procedimientos aplicables para la condonación de multas (Artículo 304 D, último párrafo, y 194 del RACERF).

Por último, el Acuerdo y su Anexo con los Lineamientos aprobados, entrarán en vigor a partir del día siguiente hábil al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, con excepción de la utilización de las funcionalidades previstas para las aplicativos Buzón IMSS y SIPARE, las cuales serán utilizables una vez que el Instituto realice las adecuaciones tecnológicas necesarias; circunstancia que el IMSS deberá informar a través de los medios de comunicación institucionales.

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