César Roel Abogados
Circular 2631-Bis-2024 Transcribimos a ustedes la última circular que recibimos de nuestros amigos de CASS-abogados especialistas en Seguridad Social, que es muy interesante. PDF Print E-mail
Circulares
Thursday, 25 April 2024 11:58
There are no translations available.

Circular 2631-Bis-2024

Transcribimos a ustedes la última circular que recibimos de nuestros amigos de CASS-abogados especialistas en Seguridad Social, que es muy interesante.

REFORMA A LA LEY DEL SEGURO SOCIAL QUE AMPLIA LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES DEL IMSS

El día de hoy se publica en el Diario Oficial de la Federación Decreto del Ejecutivo Federal por el que se adiciona una fracción al artículo 251 de la Ley del Seguro Social; numeral que contempla las facultades y atribuciones legales del Instituto Mexicano del Seguro Social.

 

En efecto, mediante el referido Decreto se adiciona una fracción XXXVII – referida a las tecnologías de la información y de comunicación - recorriéndose la actual para pasar a ser fracción XXXVIII, del artículo 251 de la Ley.

 

Así́, la nueva fracción queda redactada en los términos siguientes:

 

“Artículo 251. El Instituto Mexicano del Seguro Social tiene las facultades y atribuciones siguientes:

 

I XXXVI. ...

XXXVII. Promover la incorporación, uso y aprovechamiento de las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones en la prestación de los servicios y el otorgamiento de seguros y prestaciones a su cargo, en beneficio de su población derechohabiente y beneficiaria, y

XXXVIII. ...”

Decreto incluye también reforma similar - y en prácticamente en los mismos términos - en la Ley del

Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), adicionando una fracción XI al artículo 208 de la citada Ley.

 

En el mismo Decreto, mediante disposición transitoria, se prevé que las acciones que el IMSS e ISSSTE implementen en cumplimiento al Decreto “ ... se sujetarán a la disponibilidad presupuestaria que se apruebe para dichos fines en el Presupuesto de Egresos de la Federación de cada ejercicio fiscal, y a las disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, por lo que no se autorizarán recursos adicionales para tales efectos, para el presente ejercicio fiscal ni subsecuentes”.

 

Por último, las reformas legales contenidas en el Decreto entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación; esto es, el miércoles 24 de abril del presente año. 

“Unámonos más que nunca en un Gran Acuerdo Por México”