Circular 204. En la presente,transcribimos una circular publicada por nuestros amigos de Cass-abogados sobre Acuerdo del D. General del IMSS, mediante el cual se establecen las reglas de operación del Programa IMSS-PROSPERA, para el ejercicio fiscal 2015. Imprimir Correo electrónico
Lunes 05 de Enero de 2015 16:40

En su edición del pasado 24 de diciembre, el Diario Oficial de la Federación publica el Acuerdo del Director General del IMSS, mediante el cual se establecen las reglas de operación del Programa IMSS-PROSPERA, para el ejercicio fiscal 2015.


El Programa IMSS-PROSPERA es administrado por el Instituto Mexicano del Seguro Social y tiene por objeto garantizar el derecho constitucional a la salud, mediante el otorgamiento de servicios de salud de primer y segundo nivel a favor de la población que carece de seguridad social, especialmente en las zonas rurales y urbano-marginadas del territorio nacional donde el Programa cuenta con establecimientos médicos.


El fundamento jurídico del referido Programa se encuentra en la Ley del Seguro Social, en específico en la Sección Cuarta del Capítulo VII del Título II, referido a las prestaciones de solidaridad social, mismas que comprenden acciones de salud comunitaria, asistencia médica, farmacéutica e incluso hospitalaria, en favor de los núcleos de población que por el propio estadio de desarrollo del país, constituyan polos de profunda marginación rural, suburbana y urbana, y que el Poder Ejecutivo Federal determine como sujetos de solidaridad social.


El primer antecedente de este programa se remonta a 1973, con la expedición de la entonces nueva Ley del Seguro Social, en la cual se incluye la extensión de la acción del IMSS a grupos de población sin capacidad contributiva, en condiciones de pobreza y marginación extremas. Derivado de esa reforma legal, en 1974 se instrumenta el entonces denominado Programa Nacional de Solidaridad Social, el cual en esos años establece sus servicios de manera predominante en la zona ixtlera del norte del país.


En el transcurso de estos 40 años, el Programa ha recibido diferentes denominaciones, en razón de los programas que a nivel federal establece el Ejecutivo Federal para atender a esta población.


Así, en 1979, el referido Programa se transforma en IMSS-Coplamar, para instrumentar las acciones a cargo de la Coordinación General del Plan Nacional de Zonas Deprimidas y Grupos Marginados (Coplamar), creada por el Ejecutivo Federal dos años antes, como parte de una política integral para atender la pobreza.
Años después, en 1984, se crea el Programa Nacional de Solidaridad (Pronasol), lo que propicia el cambio de denominación del Programa IMSS- Coplamar por el de IMSS-Solidaridad, creciendo extraordinariamente su infraestructura de servicios y, consecuentemente, su población protegida.