Circular 318-2016 Tesis de Jurisprudencia respecto a la PRESCRIPCIÓN EN MATERIA DE TRABAJO (TRABAJADORES DESCENDIDOS). |
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Wednesday, 02 March 2016 13:19 |
There are no translations available. Circular 318-2016 Estimados Amigos: En la presente transcribimos una Tesis de Jurisprudencia respecto a la PRESCRIPCIÓN EN MATERIA DE TRABAJO (TRABAJADORES DESCENDIDOS). que es muy interesante.  Época: Décima Época Registro: 2010786 Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Tipo de Tesis: Aislada Fuente: Semanario Judicial de la Federación Publicación: viernes 08 de enero de 2016 10:10 h Materia(s): (Laboral) Tesis: I.6o.T.148 L (10a.) PRESCRIPCIÓN EN MATERIA DE TRABAJO (TRABAJADORES DESCENDIDOS). Si un trabajador fue ascendido a un empleo de mayor jerarquÃa y después es descendido a su antigua plaza, la acción que puede hacer valer en contra de su descenso prescribe en un año, de acuerdo con el artÃculo 516 de la Ley Federal del Trabajo, y no en dos meses, conforme al artÃculo 518 del mismo ordenamiento, en relación con la fracción XXII del artÃculo 123 de la Constitución Federal; ya que la acción no puede ser de reinstalación por despido, porque con éste se rompe el vÃnculo contractual entre patrón y obrero y, en aquel supuesto, no se rompe ese vÃnculo, porque el trabajador continúa trabajando, aunque en un puesto de inferior categorÃa. SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO. Amparo directo 643/2015. José Luis Yáñez Reséndiz. 1 de octubre de 2015. Unanimidad de votos. Ponente: Carolina Pichardo Blake. Secretaria: Teresa de Jesús Castillo Estrada. Nota: En relación con el alcance de la presente tesis, destaca la diversa aislada de rubro: "PRESCRIPCIÓN EN MATERIA DE TRABAJO (TRABAJADORES DESCENDIDOS).", publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo XCII, Núm. 4, página 890.  Para cualquier aclaración en relación a la presente, nos ponemos a sus ordenes,    |