Circular 390-2016 Aprovechamos esta Circular correspondiente al mes de diciembre del año de 2016, para compartir con ustedes algunos pensamientos sobre los problemas a los que pensamos nos deberemos de enfrentar en el 2017. Print E-mail
Wednesday, 14 December 2016 08:33
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Circular 390-2016

Aprovechamos esta Circular correspondiente al mes de diciembre del año de 2016, para compartir con ustedes algunos pensamientos sobre los problemas a los que pensamos nos deberemos de enfrentar en el 2017.

1.- En primer lugar, el triunfo de Donald Trump en las elecciones presidenciales de los Estados Unidos, traerá un periodo de ajustes a nuestro País en el comercio y en sus relaciones internacionales.

Pensamos que la reunión de los exsecretarios de hacienda y de comercio de nuestro País llevada al cabo en este mes de diciembre es un buen inicio para empezar a preparar los criterios para enfrentar los retos en el ámbito comercial e internacional.

2.- El incremento al salario mínimo decretado como Monto Independiente de Recuperación (MIR) aparte del incremento de 3.9% que entrará en vigor a partir de 1º de enero próximo y que esperamos no incida en la inflación para poder lograr un crecimiento real de los salarios.

3- Con la reforma a los artículos 107 y 123 de la Constitución Política de México, nos enfrentaremos a un cambio radical en la impartición de la justicia laboral en virtud de los tres cambios básicos que contempla dicha reforma y que comentamos a continuación:

1.- La desaparición de las Juntas Locales y Federales de Conciliación y Arbitraje que desde la Constitución de 1917 han conocido de los conflictos Individuales y Colectivos en Materia Laboral, para que en virtud de esta reforma sea el Poder Judicial el que se encargue de la impartición de la Justicia Laboral.

Esta reforma constituye un cambio total, pues las autoridades laborales son órganos colegiados que están constituidas por un Presidente representante del Ejecutivo, un representante del sector obrero y uno del sector empresarial lo que  concede un control político al Presidente de la República y a los Gobernadores de los Estados en el manejo Colectivo e Individual de los conflictos laborales, pues de ellos dependen directamente las autoridades de impartición de la justicia laboral.

Por lo anterior, con esta reforma quedara en manos de Jueces Laborales dependientes del Poder Judicial, la impartición de la Justicia Laboral.

2.- El cambio sobre el derecho de huelga, pues en los términos de la reforma, para que la huelga sea declarada licita el sindicato deberá acreditar, previo al emplazamiento, la representación mayoritaria de los trabajadores, situación que actualmente no es requerido lo que se presta al chantaje con el pretexto del solo emplazamiento a huelga y su estallamiento, y

3.- La creación del Organismo Descentralizado que se encargará de atender los asuntos relacionados con el registro de Contratos Colectivos de Trabajo y organizaciones sindicales,  así como todos los procesos administrativos relacionados.

Pensamos que estas reformas deberán hacer más rápida y expedita la impartición de la Justicia Laboral y servirá para acabar con vicios que afectan la productividad y competitividad de nuestro País, esperando no equivocarnos.

 

Aprovechamos la presente para desear a ustedes unas Felices Fiestas Navideñas y un 2017 de Salud, Paz y Éxitos.