Circular 440-2017 En la presente, transcribimos una circular publicada por nuestros amigos de Cass-abogados, sobre el NUEVO SISTEMA DE DICTAMEN ELECTRÓNICO IMSS. Print E-mail
Tuesday, 11 July 2017 08:01
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Circular 440-2017

 

En la presente, transcribimos una circular publicada por nuestros amigos de Cass-abogados, sobre el NUEVO SISTEMA DE DICTAMEN ELECTRÓNICO IMSS.

Mediante Comunicado de Prensa del pasado 4 de julio, el IMSS anunció oficialmente la implementación del “Sistema de Dictamen Electrónico del IMSS (SIDEIMSS) , cuyo objetivo, según la propia Institución, es el de facilitar a los empresas y a los Contadores Públicos el cumplimiento de la obligación legal de dictaminación en materia de Seguridad Social.

 

Esta obligación está contemplada – desde diciembre de 2001 – en el artículo 16 de la Ley del Seguro Social, mismo numeral que establece que “ … los patrones que … cuenten con un promedio anual de trescientos o más trabajadores en el ejercicio fiscal inmediato anterior, están obligados a dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones ante el Instituto por contador público autorizado, en los términos que se señalen en el Reglamento …”

La misma disposición legal establece que los patrones que presenten dictamen no serán sujetos de visita domiciliaria por parte del IMSS, siempre y cuando:

 

  • El dictamen no se haya presentado con abstención de opinión, con opinión negativa o con salvedades sobre aspectos que, a juicio del contador público, recaigan sobre elementos esenciales del propio dictamen; o

 

  • Que derivado de la revisión interna que efectúe el IMSS del dictamen, se determinen diferencias a cargo del patrón y que éstas no hubieran sido aclaradas y, en su caso, pagadas.

 

 

Según el comunicado de prensa del Instituto, varios de los trámites administrativos ante el IMSS relativos al dictamen, que ahora son presenciales, con el nuevo sistema se realizarán de forma electrónica y con tiempos de respuesta muy reducidos.

 

Entre tales trámites se mencionan la entrega del dictamen ante las Subdelegaciones, la presentación de los movimientos afiliatorios y pagos de cuotas derivados de los mismos, así como el registro ante el IMSS de los contadores públicos como dictaminadores en materia de seguridad social.

 

Se informa que la implementación del SIDEIMSS será el 15 de julio próximo, fecha a partir de la cual su utilización por los patrones y contadores autorizados será optativa, operando como tal por el resto del presente año, tornándose de uso obligatorio a partir del 1 de enero de 2018.

 

Es de suponer que en los días siguientes se publicará en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo del Consejo Técnico del IMSS mediante el cual se apruebe el referido Sistema, así como las reglas generales para su operación, con lo cual se dejarían sin efecto las diferentes disposiciones que en la materia se han expedido; publicación de la cual informaremos oportunamente.

 

Para cualquier solicitud de ampliación sobre el contenido de la presente Circular, les invitamos a visitar nuestra página electrónica: www.cass-abogados.com , o bien comunicarse a nuestra línea telefónica.

 

En el sitio www.cass-abogados.com/noticias.php, están a su disposición todas las circulares que hemos publicado sobre nuestra única área de especialidad: el Derecho de la Seguridad Social.