Circular 446-2017 En la presente, transcribimos una circular publicada por nuestros amigos de Cass-abogados, sobre la REGLAS PARA LA FORMULACIÓN Y PRESENTACIÓN DEL DICTAMEN ELECTRÓNICO (SIDEIMSS). Print E-mail
Wednesday, 02 August 2017 11:34
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Circular 446-2017

 

En la presente, transcribimos una circular publicada por nuestros amigos de Cass-abogados, sobre la REGLAS PARA LA FORMULACIÓN Y PRESENTACIÓN DEL

DICTAMEN ELECTRÓNICO (SIDEIMSS).

En alcance a lo informado en nuestra Circular CASS 10/2017, de pasado 8 de julio, hacemos de su conocimiento que el Diario Oficial de la Federación, en su edición del día 13 del presente mes, publica el Acuerdo ACDO. SA2.HCT.2806177149.P.DIR y su Anexo Único, relativo a la aprobación de la actualización de los formatos para el dictamen de obligaciones en materia de seguridad social, a través del Sistema de Dictamen Electrónico del IMSS (SIDEIMSS).

 

Como Anexo Único al referido Acuerdo se incluyen las nuevas reglas, requisitos y formalidades que deben cumplir los patrones, sujetos obligados y contadores públicos, para efectos de la formulación y presentación del propio Dictamen, a través del referido SIDEIMSS.

 

Con este Acuerdo – y a partir del 1 de enero de 2018 -  se dejan sin efecto todas las anteriores disposiciones que en la materia había emitido el mencionado Cuerpo Colegiado del Instituto.

 

Se precisa que aunque será obligatoria hasta esa fecha  la utilización del SIDEIMSS, los patrones y sujetos obligados que así lo deseen, podrán optar por utilizar tal sistema electrónico a partir del 15 de julio pasado, en lo correspondiente al ejercicio fiscal 2016.

 

 

El SIDEIMSS constará, para su operación, de dos módulos:

 

  1. “Módulo de Contadores”.- que contiene los formatos electrónicos necesarios para que los contadores públicos realicen los trámites de: solicitud de registro; aviso de activación de registro en el Sistema; solicitud de reactivación del registro; presentación de constancias de acreditación y membresía; aviso de modificación de datos del registro y solicitud de baja del registro.

 

  1. b. “Módulo de Dictamen Electrónico”.- A su vez integrado por los apartados siguientes: (1) Datos del patrón a dictaminar; (2) Módulo de información patronal; (3) Módulo de atestiguamientos; (4) Módulo de pagos y movimientos afiliatorios; (5) Módulo de opinión; (6) Módulo de presentación del dictamen; y (7) Módulo de consulta del dictamen.

Otro aspecto importante a destacar en las Reglas aprobadas es que tanto los dictámenes por obras de construcción, como los autorizados por el IMSS en los casos de órdenes de visita domiciliaria notificada pero no iniciada (Art. 159 del RACERF), deberán formularse a través de los formatos electrónicos del SIDEIMSS y presentarse ante la Subdelegación que corresponda al domicilio fiscal de la empresa.

Es de destacar que para la presentación de cualquier trámite a través del SIDEIMSS, tanto el Contador  autorizado, como el  el Contador aciios; (5) s: (1) Datos del patrcicio fiscal 2016.

ores p, ora con el nuevo Sistema público autorizado como el patrón o sujeto obligado, o su representante legal, en su caso, deberán registrarse previamente a su ingreso al aplicativo, como usuarios en el portal IMSS Digital y autentificarse con su Firma Electrónica (FIEL).

 

De acuerdo al IMSS, a través de esta herramienta digital se pretende que el 100 % de los trámites se efectúen a través de internet, aunque en las mismas Reglas se precisa que durante 2017 las solicitudes de sustitución de Contador Público Autorizado y de prórroga para la presentación del Dictamen se seguirán tramitando, mediante escrito libre, ante la Subdelegación que corresponda al domicilio fiscal.

 

 

Para cualquier solicitud de ampliación sobre el contenido de la presente Circular, les invitamos a visitar nuestra página electrónica: www.cass-abogados.com , o bien comunicarse a nuestras líneas telefónicas.