Circular 512-2018 Se acerca la fecha para realizar el Pago del Reparto de Utilidades (PTU) Imprimir Correo electrónico
Viernes 06 de Abril de 2018 12:15

Circular 512-2018

Se acerca la fecha para realizar el Pago del Reparto de Utilidades (PTU)

La Ley Federal de Trabajo establece que el reparto de utilidades entre los trabajadores deberá́ efectuarse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual.

El importe de las utilidades no reclamadas en el año en que sean exigibles, se agregará a la utilidad repartible del año siguiente.

La utilidad repartible se dividirá́ en dos partes iguales: la primera se repartirá́ por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajado por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios. La segunda se repartirá́ en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.

La propia Ley, establece el procedimiento a seguir para dar cumplimiento a dicha obligación, y esto es mediante la entrega de una copia de la declaración anual a los trabajadores, habrá que cuidar realizar la constitución de la Comisión Mixta de Participación de los Trabajadores en las Utilidades del Patrón.

 

Le recordamos que el no hacerlo en forma correcta y cumpliendo el procedimiento establecido por la Ley de la materia, puede tener consecuencias tales como la imposición de multas por parte de la autoridad que puede consistir en el pago de  250 hasta 5000 UMAS.

 

Si alguna empresa se encuentra exenta del pago de las utilidades, deberá de cumplir con el procedimiento señala por la propia Ley.

 

Para cualquier aclaración, nos ponemos a sus ordenes.