Circular 574-2018 Respecto al proyectado aumento al Salario Mínimo General (SMG), a partir del 1 de enero de 2019, que se dice será superior a los incrementos de los últimos años, nos permitimos hacer los siguientes comentarios. Print E-mail
Monday, 10 December 2018 18:14
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Circular 574-2018

Respecto al proyectado aumento al Salario Mínimo General (SMG), a partir del 1 de enero de 2019, que se dice será superior a los incrementos de los últimos años, nos permitimos hacer los siguientes comentarios.

Aun y cuando, el sector patronal esté de acuerdo en incrementar en forma importante el Salario Mínimo General para que rija a partir del 1 de enero próximo, si no se cuidan las formas, nos podríamos enfrentar el año entrante a una inflación superior a la que pretende el gobierno.

Recordamos que en el año de 2017, se siguió una formula que podría ser utilizada nuevamente y que fue la que permitió que durante el presente año no se saliera de control la inflación.

Normalmente, el porcentaje de incremento al Salario Mínimo, es el que sirve de base para los incrementos contractuales a nivel nacional, o sea si el SMG se incrementa en 4%, la base para las negociaciones de incremento a los salarios contractuales a nivel nacional, será de 4%.

La formula utilizada en 2017 fue en el sentido de aplicar parte del incremento al Salario mínimo, como un “Monto Independiente de Recuperación” (MIR) en una cantidad fijada en pesos y el resto del incremento, en un porcentaje.

De esta manera, se logró que la base para la revisión nacional de los salarios contractuales, fuera únicamente el porcentaje  incremento, que en 2017 fue de 3.9% y no sumarle a dicho porcentaje la cantidad fija en pesos del MIR.

Estimamos que si se utiliza la misma formula, permitirá:

a)    Incrementar en forma importante el Salario Mínimo.

b)    Controlar los índices inflacionarios.

Estaremos  a sus órdenes para cualquier aclaración en relación con la presente.