Circular 623- 2019 Qué efecto tendrá la aprobación del proyecto de reforma a la Ley Federal del Trabajo en nuestro país respecto a las huelgas, paros y conflictos colectivos que están afectando a la productividad y al empleo. Imprimir Correo electrónico
Miércoles 27 de Marzo de 2019 08:00

Circular 623- 2019

Qué efecto tendrá la aprobación del proyecto de reforma a la Ley Federal del Trabajo en nuestro país respecto a las huelgas, paros y conflictos colectivos que están afectando a la productividad y al empleo.

Pensamos que una vez aprobada la reforma laboral, en los términos de cualquiera de los proyectos en discusión en el Congreso, incluyendo las obligaciones laborales pactadas en el tratado del tratado de libre comercio con América del Norte y los convenios de la OIT, no se resolverán las huelgas estalladas, los conflictos colectivos y la agitación laboral, pues la agitación que trae como consecuencia los paros o las huelgas, no se originan normalmente por violaciones a la Ley, sino que surgen por situaciones políticas o problemas de hecho.

Los conflictos colectivos, normalmente se inician por alguna inconformidad por parte del sindicato o de los trabajadores, ya sea real, inventada o provocada y basada en ese hecho (inconformidad), en algunos casos, los sindicatos optan por la vía legal, lo que lleva a que ese conflicto se resuelva con la aplicación de la Ley Laboral, negociando o defendiéndose por la vía jurisdiccional.

Se recuerda que los paros o las huelgas, son situaciones de hecho que se pueden resolver por la vía jurisdiccional cuando así lo deciden las partes y cuando no lo hacen, se resuelven por la vía de los hechos, ya sea resolviendo la inconformidad que le dio origen, o negociando cambios a las condiciones laborales.

Los conflictos colectivos, desde hace ya algunos años, rara vez se originan por violación patronal a los contratos colectivos y si, en su gran mayoría por imposibilidad económica del patrón, por intereses sindicales ya sea del titular del contrato colectivo o de algún sindicato externo que quiera controlar a los trabajadores y como consecuencia quedarse con la administración del contrato colectivo existente.

Gran parte del éxito para evitar los conflictos colectivos en el ámbito laboral, está en manos de las autoridades laborales quienes deberán establecer condiciones para lograr entendimiento entre las partes y sobre todo creando un clima de paz laboral y esto se logra, cuando la autoridad actúa como tal y aplica la Ley.