Respuestas a interogantes comunes de la LFT por la STPS Print E-mail
Friday, 30 November 2012 09:12
There are no translations available.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social respondió algunas interrogantes comunes sobre la reforma laboral, debido a que desde el primero de septiembre, cuando el presidente Felipe Calderón envió la iniciativa, surgieron diferentes teorías sobre una posible afectación a la clase trabajadora de México.

 

En un texto que denominó “preguntas frecuentes en torno a la iniciativa preferente de reforma laboral”, la STPS desmintió que con las modificaciones a la Ley Federal del Trabajo se permita pagar entre 7 u 8 pesos por hora.

 

Conoce las respuestas a nueve dudas sobre la reforma:

 

1.- ¿Atenta la Reforma Laboral contra las conquistas de los trabajadores?

 

R.- La Iniciativa de Reforma a la Ley Federal del Trabajo, no modifica ni contraviene en forma alguna las conquistas laborales consagradas en el artículo 123 de nuestra Constitución Política. Por el contrario, en concordancia con estos derechos fundamentales la Reforma laboral propone mejores condiciones para los trabajadores, así como una más efectiva protección y defensa de esos derechos, a través de medidas como la regulación de trabajos especiales, el incremento de sanciones a los empleadores que violen la ley, y  a través de la modernización de la justicia laboral.

 

2.- ¿Es cierto que facilita o abarata los despidos?

 

R.- Falso. La indemnización que la ley prevé para el despido injustificado no se modifica. Seguirá siendo obligación de los patrones pagar 3 meses de sueldo y 20 días por año o, bien si así lo decide el trabajador, la reinstalación, en caso de despedido injustificado.

 

3.- ¿La reforma permitirá que se paguen 7 pesos por hora?

 

R.- Nada más alejado de la realidad. La Reforma Laboral no permitirá que se pague al trabajador menos del salario mínimo por día, indistintamente de si la jornada de trabajo se fija en una hora, o más (nunca por más de ocho horas). Pero siempre se gozará de seguridad social y de las prestaciones de ley. Esta propuesta beneficia a estudiantes y madres de familia que disponen de pocas horas para trabajar.

 

4.- ¿Las nuevas formas de contratación eliminan las prestaciones y la seguridad social?

 

R.- No. Todas las formas de contratación, sin excepción, deben respetar por disposición legal el salario, las prestaciones, seguridad social y antigüedad, misma que se contabilizará a favor del trabajador, desde el primer día laborado, para que se sumen a sus semanas cotizadas ante las instituciones de seguridad social, por lo que seguirá siendo una obligación de cada patrón dar de alta a sus trabajadores en el IMSS.

 

5.- ¿La Iniciativa Preferente legaliza el uso de la subcontratación u outsourcing en perjuicio de los trabajadores?

 

R.- La subcontratación no es ilegal, pero en la actualidad no está regulada. La Reforma Laboral lo que busca es establecer reglas claras para que los trabajadores que actualmente laboran para una empresa, pero son contratados por otra (outsourcing), tengan garantizado su acceso a la seguridad social, prestaciones y a generar antigüedad. Con ello, se busca combatir los abusos, promover la formalidad en el trabajo y dar certeza al trabajador.

 

6.- ¿La regulación de la  subcontratación u outsourcing, generará pérdida de empleos?

 

R.- La regulación del outsourcing de ninguna manera provocará la desaparición de empleos formales. Los contratos existentes bajo esta figura permanecerán vigentes y las empresas podrán seguir contratando personal bajo este régimen, pero evitará la simulación y el incumplimiento de obligaciones patronales.

 

7- ¿Con la Reforma Laboral se limita el pago de los salarios caídos, castigando al trabajador por los retrasos de la autoridad en la impartición de justicia?

 

R.- No se castiga al trabajador, por el contrario, se busca que reciba su indemnización por despido injustificado más rápido. Los salarios caídos que se generen en ese juicio se van a pagar durante todo el tiempo que dure, lo que se modifica es la forma de calcularlos. El trabajador recibirá el cien por ciento de dichos salarios durante el primer año del juicio, y si éste se extiende, se pagará el equivalente al interés del 2 por ciento mensual sobre la base de 15 meses de salario.

 

Con lo anterior, se busca inhibir conductas deshonestas de algunos representantes o abogados que, indebidamente, tratan de alargar artificialmente la duración de los juicios en perjuicio de los trabajadores.

 

Para agilizar la impartición de justicia, la Iniciativa de Reforma Laboral, propone diferentes modificaciones a los procedimientos y prevé sanciones severas para litigantes y funcionarios que deliberadamente retrasen o entorpezcan la impartición de justicia.

 

8.- ¿La Reforma Laboral provocará el abaratamiento de la mano de obra?

 

R.- No. Los trabajadores no verán disminuido su salario o sus ingresos. La Reforma Laboral se traducirá en mayores beneficios para el bolsillo de los trabajadores, en la medida que propicia mecanismos que por mutuo acuerdo de patrones y trabajadores favorezcan el incremento de la productividad y la distribución de sus beneficios. Además al promover la formalización de los empleos, las prestaciones derivadas de ello, significa acceder a beneficios como la salud, el ahorro para el retiro, vivienda y acceso a crédito para el consumo, que en conjunto mejora la calidad de vida para los trabajadores y sus familias.

 

9.- ¿Los contratos a prueba o de capacitación, podrán renovarse sucesiva e indefinidamente, o se aplicarán a quienes hoy tienen un trabajo permanente, en perjuicio de la estabilidad en el empleo?

 

R.- No. Para estas modalidades de contratación, la Iniciativa de Reforma Laboral establece claramente queno podrán renovarse dentro de una misma empresa, aplicarse al mismo trabajador de forma simultánea, sucesiva, ni en más de una ocasión, incluso tratándose de puestos de trabajo distintos, evitando con ello abusos.

 

Ningún trabajador que labore actualmente será sujeto de contratos a prueba o de capacitación, por lo que no verá afectada su estabilidad laboral. Las nuevas modalidades de contratación, lo que buscan es facilitar el acceso a un empleo para quienes hoy no lo tienen. Esto constituye una respuesta integral para atender necesidades específicas de ciertos sectores de la población como son estudiantes, madres trabajadoras y adultos mayores.

 

Conectados

We have 28 guests online