Circular 725-2019 Copiamos a ustedes un articulo escrito por Pilar Martínez y publicado el 6 de agosto 2109, en el Periódico “El Economista” que es en relación ha la aplicación de la reforma laboral en relación ha los Sindicatos. Imprimir Correo electrónico
Martes 06 de Agosto de 2019 07:34

Circular 725-2019

 

Copiamos a ustedes un articulo escrito por Pilar Martínez y publicado el 6 de agosto 2109, en el Periódico “El Economista” que es en relación ha la aplicación de la reforma laboral en relación ha los Sindicatos.

 

STPS abre frente contra la CTM e impugna sus amparos

La STPS seguirá con la defensa de la reforma laboral del 1 de mayo ante las suspensiones definitivas otorgadas a dos amparos de sindicatos adheridos a la CTM.

Escrito por: Pilar Martínez

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) impugnó las dos suspensiones definitivas en contra de la reforma a la Ley Federal del Trabajo que le fueron otorgadas al Sindicato Samuel Chávez Ayala de Trabajadores de la Rama de la Construcción y Venta de Materiales en el Estado de Jalisco y al Sindicato Único de Trabajadores y Trabajadoras en General, Meseras, Vendedores de Rifas y Loterías de Números, en Palenques, Fiestas Típicas, Ferias Regionales, Similares y Conexos del Estado de San Luis Potosí.

En entrevista, el subsecretario de Trabajo y Previsión Social, Alfredo Domínguez Marrufo, explicó que ya se presentó la impugnación ante los Juzgados mediante un recurso de revisión para que sea el Tribunal Colegiado quien analice los términos en los que se concedieron las suspensiones y si éstas se hicieron conforme a derecho.

Domínguez Marrufo comentó que la dependencia, al estar involucrada en la solicitud de amparo que presentaron los casi 400 sindicatos pertenecientes a la Confederación de Trabajadores de México (CTM), determinó atender jurídicamente las demandas y también informar a la Consejería Jurídica para hacer una defensa de la reforma laboral del primero de mayo.

Hay dos cambios trascendentales que se hicieron en materia laboral, dijo, el primer referente a tomar en cuenta a todos los trabajadores para manifestarse, mediante el voto libre, secreto y directo en la elección de sus dirigentesy a saber si están o no de acuerdo con lo que se firma en los contratos colectivos de trabajo.

El segundo cambio de mayor preocupación para los sindicatos que han lanzado la oleada de solicitudes de amparo, añadió Domínguez Marrufo, se debe a la decisión de los trabajadores para determinar si quieren o no pagar la cuota sindical.

Cabe señalar que todos los sindicatos están obligados, desde el pasado 2 de mayo, a modificar sus estatutos y presentarlos ante la autoridad laboral, hecho que debe ocurrir, como fecha límite, el mes de diciembre de 2019.

En tanto, el abogado laboral Pablo Franco, integrante del Observatorio Ciudadano para la Reforma, comentó que “en lugar de recurrir a sus bases para enfrentar la supuesta afectación que les hace la reforma laboral, recurren a la potestad jurídica, lo cual es natural porque cada vez están más alejados de sus bases”.

“Es increíble que su impugnación se base fundamentalmente en el hecho de que se les obliga, entrecomillas, a consultar a sus agremiados. Sólo en México se puede dar que la dirigencia sindical hable de afectación de los derechos de sus agremiados, cuando lo que hace la reforma es justamente dar valor a la opinión de esos agremiados. La propia estrategia de estos sindicatos demuestra su debilidad y su separación de la base trabajadora”.

Por otra parte, la Confederación de Trabajadores de México (CTM) ha informado que mantendrán su estrategia y esperan el resto de las resoluciones, que a decir del asesor jurídico Ángel Celorio hay siete suspensiones que les fueron otorgadas.