Viernes 06 de Septiembre de 2019 17:06 |
Circular 760-2019
Transcribimos una Circular enviada por nuestros amigos de CASS-Abogados especialistas en Seguridad Social, que es muy interesante.
EL IMSS APRUEBA DATOS Y DOCUMENTOS ESPECÍFICOS PARA SOLICITAR LAS PRESTACIONES ECONÓMICAS QUE OTORGA LA LEY DEL SEGURO SOCIAL.
En su edición del pasado 29 de agosto, el Diario Oficial de la Federación publicó el Acuerdo ACDO.AS2.HCT.160719/222.P.DPES y sus Anexos, que dictara el Consejo Técnico del IMSS en su sesión del 16 de julio del presente año, mediante el cual aprueba los datos y documentos específicos que deberán aportar los derechohabientes del Instituto, para tramitar las solicitudes de las diversas prestaciones económicas contempladas en la Ley del Seguro Social, así como los plazos máximos de resolución de tales trámites y la vigencia de la resolución de los mismos.
En el acuerdo en comento, se precisan, - además de los datos y documentos necesarios al solicitar cada prestación -, los procedimientos para llevar a cabo los trámites correspondientes, así como los formatos específicos a requisitar y el plazo máximo que tiene el IMSS para la resolución de cada uno de tales trámites.
Destaca, por novedoso, el trámite para el pago de licencia por cuidados médicos de hijos; nueva prestación en beneficio de los trabajadores, en vigor a partir del 5 de junio del presente año y cuyo fundamento legal es el artículo 140 bis de la Ley del Seguro Social. (Ver Circular CASS 12/2019 de la misma fecha). Este Acuerdo entró en vigor el día hábil siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación; esto es, el 3 de agosto de 2019 y dejará sin efectos diversos similares, dictados por el Consejo Técnico en noviembre de 2017 y febrero, abril y agosto de 2018. |