Circulares |
Miércoles 02 de Enero de 2013 11:32 |
Artículo 311. ...
Será considerado como trabajo a domicilio el que se realiza a distancia utilizando tecnologías de la información y la comunicación. Si el trabajo se ejecuta en condiciones distintas de las señaladas en este artículo se regirá por las disposiciones generales de esta Ley. Comentario. A este artículo que define lo que debe entenderse por trabajo a domicilio, se le agrega un segundo párrafo en el que también se define como trabajo a domicilio el que se realiza a distancia, utilizando tecnologías de la información y de la comunicación. Estimamos que esta nueva definición de trabajo a domicilio en la que se incluye el que se realiza a distancia utilizando nuevas tecnologías, abre un espacio importante en las relaciones modernas y solamente habrá que cuidar en establecer las condiciones por escrito y en forma clara.
Acciones a seguir: Celebrar los contratos de trabajo por escrito, estableciendo claramente las condiciones de trabajo materia del mismo.
Sin mas por el momento, nos ponemos a sus órdenes para cualquier aclaración en relación con la presente. Cesar Roel Abogados
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